FERNANDEZ BORJAS, CEBERINO c/ ROSSI, IGNACIO ANGEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamó indemnización por daños y perjuicios tras accidente de tránsito; la Cámara modificó parcialmente la tasa de intereses aplicada y confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia, regulando además honorarios conforme a la ley 27423.
¿Quién es el actor?
Ceberino Fernández Borjas.
¿A quién se demanda?
Ignacio Ángel Rossi; citada en garantía: Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito del 14/10/2020; en primera instancia se condenó a pagar $6.150.000, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la forma de cálculo de los intereses (con arreglo al punto 3 del voto) y confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo demás que fue materia de agravio; además impuso costas de segunda instancia a la citada en garantía y dejó sin efecto las regulaciones de honorarios de grado para adecuarlas conforme a la ley 27423, regulando nuevos montos.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"La sentencia dispuso la aplicación de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina ... desde la fecha del hecho y hasta el efectivo pago, con excepción del monto reconocido por tratamiento kinesiológico que estableció que se calculen desde que dicho pronunciamiento adquiera firmeza a la misma tasa activa."
"Conforme al nuevo criterio adoptado por esta Sala en 'Fagundez Fernández, Fernanda Elizabeth c/ Medicar S.A. s/ daños y perjuicios', a cuyos fundamentos me remito, al haber sido establecidos los montos indemnizatorios a valores actuales, tal como señalé en el punto 2.1 del presente, propongo al Acuerdo modificar la sentencia en este punto y establecer una tasa de interés del 8% anual desde el hecho hasta el pronunciamiento de primera instancia. A partir de allí y hasta el efectivo pago, se aplicará la tasa activa del BNA ... Ello con excepción del rubro referido al tratamiento kinesiológico, que sólo llevará intereses a la tasa activa a partir de que la sentencia de grado adquiera firmeza, por haber sido consentido tal aspecto."
"Por todo lo expuesto, propongo al Acuerdo: 1. Modificar parcialmente los intereses de conformidad con lo establecido en el punto 3 del voto. 2. Confirmar la sentencia en todo lo demás que decide y fuera materia de agravio. 3. Costas de segunda instancia a la citada en garantía ..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la Dra. Benavente adhiere al voto precedente.
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