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AFIP c/ BORCAR SRL s/EJECUCION FISCAL ? A.F.I.P.

Incidente de excusación por parentesco en autos de ejecución fiscal promovida por la AFIP contra BORCAR SRL. La Cámara Federal de Córdoba hizo lugar a la excusación del Juez Subrogante Alejandro Sánchez Freytes y ordenó continuar la tramitación en el Juzgado Federal N° 3, con noticia al Juzgado Federal N° 1.

Excusion Art. 17 inc. 1 cpccn Parentesco por consanguinidad Juez natural Inhibicion Afip Ejecucion fiscal Juzgado federal n? 3 Cordoba Ausencia de costas


¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

¿A quién se demanda?

BORCAR SRL.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal promovida por la AFIP (expte. FCB12883/2022/CA1). El incidente trata sobre la excusación del Juez Subrogante del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por el señor Juez Subrogante Alejandro Sánchez Freytes por hallarse comprendido en la causal del art. 17, inc. 1° del CPCCN; se declaró su inhibición y apartamiento del conocimiento de la causa, sin costas; y se ordenó continuar la tramitación en el Juzgado Federal N° 3, con noticia al Juzgado Federal N° 1.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "En autos, el Juez Natural de la causa lo constituye el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba (art. 18 CN) conforme fue desinsaculada por sorteo en oportunidad de ingresar el escrito de demanda." "la excusación invocada en los términos del art. 30, se corresponde con la causal prevista en el art. 17, inc. 1) del CPCCN, esto es, parentesco por consanguinidad." "el instituto de la excusación persigue salvaguardar la independencia e imparcialidad de los magistrados... ante determinadas circunstancias, el orden procesal impone el deber de apartamiento espontáneo del proceso al magistrado que se hallare comprendido en alguna de las causales de recusación enumeradas en el art. 17 -entre ellas el parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado
- (art. 30, primera parte)..." "atento encontrarse el señor Juez Subrogante del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba -doctor Alejandro Sánchez Freytes
- incurso en la causal de excusación contemplada en el inc. 1) del art. 17, esto es, parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado... corresponde hacer lugar a la inhibición y tenerlo por apartado del conocimiento de la presente causa; debiendo continuar entendiendo en las presentes actuaciones el Juzgado Federal N° 3, con noticia al Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad." No hubo disidencia: los Dres. Graciela S. Montesi y Eduardo Avalos "votan en idéntico sentido" que el preopinante.

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