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Incidente Nº 2 - ACTOR: ACIAR, YAMIL IZMAEL Y OTROS DEMANDADO: UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA RIOJA s/INC APELACION

Incidente de apelación en causa de amparo por medidas cautelares contra la Universidad Nacional de la Rioja. La Cámara declaró procedente el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la Universidad y ordenó tenerlo por desistido, con costas por su orden atento a la conformidad prestada por la actora.

Amparo Medida cautelar Desistimiento de apelacion Universidad nacional de la rioja Costas Jurisdiccion federal Camara federal de cordoba Recurso de apelacion Conformidad de la actora Resolucion de 04/07/2024


¿Quién es el actor?

ACIAR, Yamil Izmael y otros (parte actora).

¿A quién se demanda?

Universidad Nacional de la Rioja.
- Objeto de la demanda: Amparo (Ley 16.986) con medida cautelar; impugnación de la resolución de fecha 4 de julio de 2024 dictada por el Juzgado Federal de La Rioja que hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la actora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara tuvo por desistido el recurso de apelación interpuesto oportunamente por las representantes legales de la Universidad Nacional de la Rioja contra la resolución de fecha 4 de julio de 2024 dictada por el Juez Federal de La Rioja. Se impusieron las costas por su orden, atento la conformidad prestada por la parte actora.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "IV.
- Luego con fecha 21/3/25, la doctora Yvana Leonarda Alarcón Rearte en calidad de Secretaria Legal y Técnica y el doctor Facundo Ruiz de los Llanos en calidad de Director de Representación Jurídica y Mandatos de la Universidad Nacional de la Rioja, desisten del recurso de apelación oportunamente interpuesto por las representantes legales de dicha institución, doctoras Malvina Vilte y Andrea Mirna Pérez solicitando la imposición de costas en la instancia en el orden causado, lo que contó con la conformidad de la parte actora en la misma presentación (fs. 227/236 del sistema informático Lex 100)." "V.
- Por lo expuesto, y dentro del ámbito de jurisdicción de este Tribunal, atento que el recurso de apelación fue oportunamente concedido, el desistimiento de que se trata resulta procedente puesto que guarda congruencia con los principios generales de la materia, por lo que corresponde hacer lugar al mismo. Con costas por su orden atento la conformidad prestada por la parte actora."
- No se registran votos en disidencia.

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