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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BENGOLEA , VIVIANA Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización; la Cámara Oral aceptó el acuerdo y condenó a Viviana E. Bengolea a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas, y a Francisco L. Jiménez como partícipe secundario a 2 años (unificada a 2 años y 6 meses), disponiendo decomiso y destrucción del estupefaciente.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representada por la Sra. Auxiliar Fiscal Dra. Florencia Irigaray).
- Demandados / Imputados: Viviana Elisabeth Bengolea y Francisco Leonel Jiménez.
- Objeto de la causa: Homologación de un acuerdo en el marco del juicio abreviado (art. 431 bis CPPN) por la presunta comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

¿Qué se resolvió?

Se aceptó el trámite de juicio abreviado y se condenó a Viviana E. Bengolea como autora a cuatro (4) años de prisión, multa de 45 unidades fijas e inhabilitación absoluta por igual tiempo; y a Francisco L. Jiménez como partícipe secundario a dos (2) años de prisión y multa de 22,5 unidades fijas, unificando además la condena de Jiménez con otra previa para establecer pena única de dos (2) años y seis (6) meses de prisión efectiva y multa de 22,5 unidades fijas y $225. Se impusieron costas, decomiso de dinero y teléfonos secuestrados, y se ordenó la destrucción del estupefaciente; una vez pagadas las multas, se levantarán inhibiciones registradas. Se dio intervención al Juez de Ejecución Penal una vez firme la sentencia.
- Fundamentos principales (textos transcritos literalmente del pronunciamiento): "En virtud de lo acordado por las partes y con base en los fundamentos expresados previamente en esta audiencia, de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del código procesal penal de la nación, RESUELVO: I.
- ACEPTAR EL TRÁMITE DE JUICIO ABREVIADO en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación. II. CONDENAR a Viviana Elisabeth Bengolea, D.N.I. N° 22.732.067, como autora penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas e inhabilitación absoluta por igual tiempo al de la condena (arts. 5 inc. c de la ley 23.737, arts. 12, 19, 40, 41, 45 CP y 403 del CPPN)." "III.
- CONDENAR a Francisco Leonel Jiménez, D.N.I. N° 41.634.799, como partícipe secundario del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, a la pena de dos (2) años de prisión efectiva y multa de 22,5 unidades fijas (arts. 5 inc. c de la ley 23.737, arts. 40, 41, 46 CP y 403 del CPPN). IV.
- UNIFICAR mediante el método de unificación de condenas, la impuesta en el punto precedente, con aquella impuesta por el Tribunal Oral Federal N° 1 de Rosario, en la causa FRO N° 16456/2022, mediante Fallo N° 19/2024 de fecha 22.03.2024 ... y en consecuencia ESTABLECER la pena única de dos (2) años y seis (6) meses de prisión efectiva, y multa de 22,5 unidades fijas y $225 (arts. 55 y 58 CP)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión consiste en la homologación del acuerdo y las condenas tal como se transcriben.

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