PRATO, FRANCISCO ERNESTO Y OTRO c/ ALFA ARGENTINA SA s/CESE DE USO DE MARCA
Demanda de cese de uso y nulidad de marca por parte de Francisco Ernesto Prato y otro contra Alfa Argentina S.A. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, concluyendo que las marcas FLAVORIER y FLAVORIAL son distinguibles y no generan riesgo de confusión, con imposición de costas a la actora.
¿Quién es el actor?
Francisco Ernesto Prato y Guillermo Vianello.
¿A quién se demanda?
Alfa Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Cesación de uso de la marca y nulidad del registro de la marca "FLAVORIAL" de la demandada, en conflicto con la marca de la actora "FLAVORIER" (clases indicadas en el Nomenclador Marcario).
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, con costas (art. 68, primera parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Pues bien, la situación que se presenta es la siguiente: FLAVORIER (marca de la actora, clases 1, 29 y 30) vs. FLAVORIAL (marca de la demandada, clase 1) ... De la comparación de los grafismos enfrentados, entiendo que éstos cuentan con elementos diferenciadores que avientan toda posibilidad de confusión en el público consumidor."
"Cabe concluir, entonces, que no existe posibilidad de confusión en el público consumidor desde el punto de vista gráfico."
"Las consideraciones efectuadas al realizar la comparación desde el plano gráfico son trasladables al plano fonético, en la medida en que el acento se ubica en la parte final de cada uno de los signos: 'IER' en un caso y 'IAL' en el otro."
"Por todo lo dicho, es claro que las diferencias que ostentan los signos en los tres campos del cotejo marcario permiten diferenciarlos con facilidad, sin que las similitudes apuntadas por la recurrente revistan entidad suficiente para colocar al público consumidor en un riesgo tal de confusión que sea apto para vedar la coexistencia de los signos en disputa."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; el Dr. Alfredo Silverio Gusman no suscribe por hallarse en uso de licencia.
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