SVETAZ, TERESITA BEATRIZ c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA
Ejecución de sentencia previsional por pensión derivada: la actora demandó a ANSES para ejecución de sentencia y recalculo de haber y pensión. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, mantuvo la regulación de honorarios y las costas y reguló en un 30% los honorarios de los apoderados de la alzada.
¿Quién es el actor?
SVETAZ, TERESITA BEATRIZ.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia previsional (reajuste y liquidación de pensión derivada por fallecimiento del causante).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se confirmó la regulación de honorarios de la representación de la parte actora y del perito contable; se regularon los honorarios de los profesionales actuantes en la alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia; se impusieron las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En consecuencia, debe rechazarse el agravio ya que el porcentaje de pensión que le corresponde es del 75% del haber del causante, de conformidad con lo establecido por el art. 52 de la ley 18.037, toda vez que al producirse el fallecimiento del causante (año 1999), la pensionada se encontraba dentro de la excepción prevista por el art. 161 inciso 2° de la ley 24.241, el que en su redacción vigente a esa fecha disponía que 'El derecho a pensión de los causahabientes de los afiliados que a la fecha de entrada en vigor de esta ley fueren titulares de jubilación o tuvieren derecho a ella de conformidad con las leyes vigentes a esa fecha, se regirá por dichas leyes.'."
"En cuanto al agravio de condena en costas a la demandada, corresponde no hacer lugar conforme lo resuelto por la Corte Suprema en los autos 'Rueda, Orlinda c/ Anses' del 15 de abril de 2004 y en 'Robert, Daniel c/ Anses' el 15/05/2014, por lo que se confirma la imposición de costas dispuesta en primera instancia. Respecto a las costas de esta instancia, se imponen a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)."
"En virtud de lo expuesto, SE RESUELVE: I) Confirmar la sentencia apelada, en cuanto fue materia de agravios. II) Confirmar la regulación de honorarios correspondientes a la representación de la parte la actora y de quién practicó la pericial contable. III) Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. IV) Imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)."
- Votos en disidencia: no surge disidencia en el acuerdo final.
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