Logo

JODOR, MONICA ROSANA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

Amparo previsional contra ANSeS por pago de haber jubilatorio. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó la ejecución y el pago mensual del haber jubilatorio, rechazó las excepciones de la demandada y condenó en costas a ANSeS.

Amparo Anses Jubilacion Ejecucion previsional Costas Honorarios Confirmacion Camara federal de rosario Excepcion de pago Art. 36 ley 27.423


¿Quién es el actor?

JODOR, Mónica Rosana.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Amparo (ejecución previsional) para obtener el pago del haber mensual de jubilación ordenado por la sentencia de primera instancia y ejecución de diferencias impagas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; reguló los honorarios de los profesionales de alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Vienen los autos a estudio a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandada, contra la sentencia que rechazó las excepciones opuestas por esa parte, mandó a llevar adelante la ejecución, ordenó, a partir del mes inmediato posterior a que quede firme la presente, el pago del haber mensual de jubilación del actor, impuso las costas a la demandada y en cuanto a los honorarios profesionales dispuso que deberán los profesionales intervinientes dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 2º de la Ley 17.250, Decreto 6080/69 y Resolución General de la A.F.I.P. Nº 689/99." "La Dra. Elida I. Vidal dijo: 1°) La demandada se agravió de que no se analizó su impugnación a la planilla y solicitó la declaración de nulidad de la sentencia. Solicitó que se giren las actuaciones a otros peritos de la Corte a fin de que determinen si existen o no diferencias impagas al titular. Criticó el rechazo de la excepción de pago documentado y la imposición de la totalidad de las costas a su parte. Finalmente, hizo reserva del caso federal. 2°) Los planteos efectuados por la ANSeS, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala, en la causa N° FRO 1441/2020 caratulada 'BOSSIO, Domingo Florencio c/ ANSeS s/ Ejecución Previsional', del 24/02/2023, a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad, pudiéndose ingresar para su lectura a www.cij.gov.ar/sentencias o a disposición de las partes en Secretaría, que no hizo lugar a los agravios de la demandada en cuanto a: la solicitud de declaración de la nulidad de la sentencia, el rechazo de la excepción de pago, la solicitud de que se giren los autos al Cuerpo de Peritos de la CSJN y a la imposición de la totalidad de las costas." "3°) Las costas de esta instancia se imponen a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)."
- Votos y disidencias: La Dra. Elida I. Vidal fue la juez preopinante y propuso rechazar los agravios; el Dr. Aníbal Pineda adhirió "por coincidir en lo sustancial". No se registran disidencias.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar