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PERNITICH, CARLOS ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el recálculo de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de grado que admitió parcialmente la acción y ordenó el recálculo del haber inicial; además declaró parcialmente desierto el agravio sobre las costas e impuso las costas de Alzada a la demandada.

Reajuste de haberes Anses Recalculo del haber inicial Elliff Isbic Ley 26.417 Costas Desercion de agravios Honorarios Seguridad social


¿Quién es el actor?

Carlos Enrique Pernitich.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; en particular, el recálculo del haber previsional del actor obtenido el 31/03/2017 y la aplicación de índices para la actualización del haber inicial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró parcialmente desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada respecto del agravio sobre la imposición de costas; confirmó la sentencia de fecha 26/10/2022 dictada por el Juzgado Federal N° 3 de Córdoba en todo lo que decide y fue objeto de agravios, debiéndose tener presente lo resuelto por la Cámara respecto del recálculo del haber inicial. Impuso las costas de la Alzada a la demandada perdidosa y reguló honorarios a favor de la asistencia letrada del actor en el 35% de lo que se estime en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los pasajes más relevantes):
- "Trasladando los fundamentos expuestos en los citados fallos y en atención a la fecha de adquisición del derecho del titular de autos, corresponde fijar la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.), y a partir de allí y hasta la fecha de adquisición del derecho, se aplicarán las pautas fijadas por la Ley 26.417, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las actualizaciones de las remuneraciones ya efectuadas hasta la entrada en vigencia de esa ley. Para el caso de que estas resulten mayores a las del procedimiento indicado, deberá estarse a las mismas."
- "La C.S.J.N. en el precedente 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSES s/ reajustes varios ...', sentencia de fecha 18/12/2018, confirmó la aplicación del precedente 'Elliff' para redeterminar el haber inicial..."
- "Se advierte así que existe una diferencia entre ambas directivas, todo lo cual no puede soslayarse en el presente análisis. Así las cosas, este Tribunal entiende que los Considerandos constituyen la parte medular de la sentencia... por lo cual en este caso particular y concreto debe entenderse que las costas se imponen en el orden causado (art. 68, 2° parte del CPCCN)."
- "En función de ello, corresponde declarar la deserción del recurso de apelación respecto del agravio bajo análisis (artículos 265 y 266 del C.P.C.N.)..."
- "En función de ello, dado el resultado alcanzado, las costas de esta instancia se impondrán a la demandada perdidosa (art. 36 de la ley 27.423 y 68, primera parte, del C.P.C.C.N.). Regular los honorarios por la actuación en esta instancia a la asistencia letrada de la parte actora en el 35% de lo que se estime en la instancia anterior..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el decisorio final; la parte resolutiva consignada es la que integra la decisión de la Cámara.

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