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CUELLO, CARLOS NICOLAS c/ ANSES s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

Amparo por mora contra ANSES reclamó regulación de honorarios; la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó la apelación y confirmó la sentencia de fecha 11/12/2024, fijando los honorarios en 7 UMA y disponiendo la imposición de costas en el orden causado por falta de contradictorio.

Amparo por mora Anses Honorarios Uma Costas Falta de contradictorio Ley 27.423 Cpccn art. 68 Actuacion por derecho propio Camara federal de apelaciones de cordoba


¿Quién es el actor?

Carlos Nicolás Cuello (parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: amparo por mora de la administración (reclamo contra la ANSES por mora y medidas de tutela).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Luis José Martino López (por derecho propio) y se confirmó la sentencia de fecha 11 de diciembre de 2024 dictada por el Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba; se impusieron las costas de la Alzada en el orden causado por falta de contradictorio y no se regularon honorarios a favor del apelante por haber actuado por derecho propio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Analizando las constancias de la causa y valorando las labores desarrolladas por la asistencia legal de la parte actora en los presentes obrados, se desprende que nos encontramos ante una causa análoga a las citadas precedentemente y, por lo tanto, corresponde dejar a salvo el mismo criterio allí sentado, que se da aquí por reproducido en honor a la brevedad. En consecuencia, resultando ajustada a derecho la suma fijada por el Inferior, corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Luis José Martino López -por derecho propio
- y confirmar la sentencia de fecha 11 de diciembre de 2024 dictada por el señor Juez Federal Nº 3 de Córdoba. En relación a la imposición de costas en esta Alzada, este Tribunal ha declarado la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley N° 24.463 ... en concordancia con el art. 36 de la Ley N° 27.423 atento lo dispuesto por el Alto Tribunal en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/Anses s/Impugnación de acto administrativo' ... Por lo tanto, en virtud de los citados antecedentes jurisprudenciales y atento la falta de contradictorio, las costas se imponen en el orden causado (art. 68, 2da parte, del CPCCN y art. 36 de la Ley N°27.423), no regulándose honorarios a favor del Dr. Luis José Martino López atento haber actuado por derecho propio (art 13 de Ley N°27.423)."
- No se registran votos en disidencia relevantes en el acuerdo final.

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