CURARELLO, PABLO ERNESTO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
El actor promovió acción de amparo por mora contra ANSES solicitando que se ordene la resolución del expediente administrativo de jubilación. El Juzgado declaró la acción abstracta por haberse dictado la resolución administrativa, impuso costas a la demandada y reguló honorarios del letrado actor en $505.855.
¿Quién es el actor?
CURARELLO, PABLO ERNESTO.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Amparo por mora de la administración, con pedido de orden de pronto despacho para que ANSES resuelva el expediente administrativo N° 024-20-13955873-2-904-1 iniciado el 28/02/2024, relativo a solicitud de jubilación.
¿Qué se resolvió?
Se declaró abstracta la acción de amparo por mora iniciada por el Sr. Curarello Pablo Ernesto en contra del ANSES; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios al letrado de la actora en $505.855 (equivalente a 7 UMA según Resol. Secretaria Gral. Adm. Nº1236/2025 de la CSJN); se eximió de la tasa de justicia; se emplazó a los letrados para acreditar aportes previsionales y colegiales en 5 días.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"De acuerdo a la documental adjuntada por la demandada la ANSES acreditó que procedió a cumplir con el dictado de la resolución correspondiente con posterioridad al inicio de la presente acción."
"Se entiende como casos devenidos en abstractos a aquellos en los cuales, si bien al momento de haber sido llevados a conocimiento de los magistrados reunían todas las características del caso judicial, durante el trámite del proceso tienen lugar circunstancias que tornan estéril el dictado de una sentencia sobre el fondo de la controversia." (cita doctrinal: LAPLACETTE).
"Debemos destacar que las resoluciones judiciales deben limitarse a expedirse sobre cuestiones fácticas o jurídicas sobre las cuales pueda existir alguna controversia al momento de su dictado. En la presente causa el planteo efectuado carece de objeto actual por haberse cumplimentado con la pretensión esgrimida por la actora, por lo cual no existen razones por las cuales deba expedirme sobre su procedencia o improcedencia."
"Como se puede observar, en el caso bajo análisis se han configurado los presupuestos citados precedentemente, razón por la cual, corresponde declarar abstracta la cuestión."
No hubo votos en disidencia: la resolución es un decreto del Juzgado de Primera Instancia dictado por el Dr. Carlos Arturo Ochoa.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: