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QUEVEDO, EDGAR FELIPE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste del haber jubilatorio y el pago de las diferencias retroactivas. El Juzgado Federal hizo lugar a la acción, revocó la resolución administrativa, ordenó a ANSES recalcular y liquidar el haber conforme a las pautas indicadas y declaró la inconstitucionalidad de varias normas (entre ellas la fórmula de movilidad de la ley 27.609 y artículos de las leyes 24.463 y 20.628), con exención del Impuesto a las Ganancias sobre los retroactivos.

Quevedo Anses Reajuste de haberes Prestacion compensatoria Movilidad previsional Inconstitucionalidad ley 27.609 Retencion impuesto a las ganancias Resolucion rce-b 02052/22 Tasa pasiva promedio Ejecucion de sentencia


¿Quién es el actor?

Edgar Felipe Quevedo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber jubilatorio, determinación del haber inicial, pago de diferencias retroactivas; declaraciones de inconstitucionalidad de normas previsionales y tratamiento del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se admitió la procedencia de la acción y se ordenó a ANSES que determine el haber inicial y reajuste el haber previsional del actor; se revocó la Resolución RCE-B 02052/22 (15/06/2022) y se ordenó la práctica de las liquidaciones respectivas dentro del plazo del art. 2 de la ley 26.153; se fijó que la tasa de interés aplicable será la Tasa Pasiva Promedio del BCRA; se declararon inconstitucionales diversos preceptos (art. 7 inc. 2 de la ley 24.463; art. 2 de la ley 27.426; arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628; la fórmula de movilidad de la ley 27.609; y el art. 21 de la ley 24.463) en los términos expuestos, y se eximió de retención por Impuesto a las Ganancias las sumas retroactivas y el haber reajustado que correspondan. Se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios para la etapa de cumplimiento.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "1) Admitir la procedencia de la acción articulada por el Sr. Edgar Felipe Quevedo en contra de la Administración Nacional de la Seguridad Social y en consecuencia: a) Ordenar a la Anses que determine el haber inicial del jubilado y reajuste el haber previsional del mismo, de acuerdo a lo explicitado en los considerandos pertinentes; b) revocar la resolución N° RCE-B 02052/22 de fecha 15/06/2022 y ordenar a la ANSES practique las liquidaciones respectivas. Dicha medida deberá cumplimentarse, dentro del plazo fijado en el art. 2 de la ley 26.153, bajo apercibimiento de ley, debiendo acreditar ante el Tribunal el cumplimiento de la obligación que se impone, mediante la presentación de la liquidación respectiva, la que se incorporará a la causa a sus efectos." "Que en cuanto a la tasa de interés aplicable a las diferencias resultantes a los cálculos fijados en el considerando anterior, ésta será la de la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central de la República Argentina desde que cada suma es debida hasta su efectivo pago." "Como consecuencia de lo expuesto, cabe declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430 y por lo tanto exentas de retención de Impuesto a las Ganancias a las sumas que correspondiere abonar al accionante en concepto de retroactivo emergente del reajuste que se ordena, como así también el haber reajustado que en definitiva corresponda al mismo." "Por tales motivos, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609, no correspondiendo su aplicación a la hora de reajustar el haber de la parte actora."
- Votos en disidencia: no se registran votos en disidencia en la resolución; la decisión es la del juez de primera instancia que suscribe.

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