Logo

LLAMES, HUGO CESAR c/ ESTADO NACIONAL - F.A.A. - I.A.F. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Solicitud de regulación de honorarios en autos por suplementos de Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Cámara Federal de Córdoba reguló los honorarios en la Alzada: 35% de lo regulado previamente para el letrado de la actora y 30% para el letrado apoderado de la demandada, y recordó el control de la tasa de justicia por el juzgado de grado.

Honorarios Regulacion Alzada Ley 27.423 Costas Tasa de justicia Suplementos Fuerzas armadas Apelacion Camara federal de cordoba


¿Quién es el actor?

LLAMES, Hugo César.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- F.A.A.
- I.A.F.
- Objeto de la demanda: reclamo relacionado con suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad; en este incidente específico se ventila la regulación de honorarios por las tareas desarrolladas en la Alzada.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios del letrado patrocinante de la parte actora, Dr. Marcelo Luis Gerlero Moran, en el 35% de lo regulado en la instancia anterior; y se regulan los honorarios del letrado apoderado de la demandada, Gustavo Cesar Tissera, en el 30% de lo regulado en la instancia anterior. Asimismo se recuerda la obligación del Juzgado de primera instancia de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes del archivo, y de verificar la integración total de la tasa en la ejecución.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "III.
- Examinadas las actuaciones por este Tribunal, no se advierte que el Dr. Ángel Sebastián Yocca, letrado apoderado de la parte demandada, haya suscripto los escritos que motivan la presente regulación de honorarios, por lo que no corresponde disponer regulación alguna a su favor, debiendo en consecuencia rechazarse la solicitud por él presentada. No obstante ello, corresponde regular honorarios por las labores desplegadas en la Alzada a los letrados intervinientes en esta Instancia." "En este entendimiento, resultan aplicación las pautas de la Ley Arancelaria Nº 27.423 atento al momento en que fueron desarrolladas las tareas que deben remunerarse, ello de conformidad a lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re: 'Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa' 32/2009
- (45-E), Sentencia de fecha 4 de septiembre de 2018." "IV.
- Los honorarios regulados no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que -en su caso
- deberá adicionarse conforme la subjetiva situación de los profesionales beneficiarios frente al citado tributo."
- Disidencias relevantes: no se consignan votos en disidencia en el dispositivo final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar