RONCA, NELLY ILDA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Aclaratoria por error material en la mención del letrado patrocinante en autos por suplementos de Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Cámara Federal de Córdoba hizo lugar a la aclaratoria y ordenó sustituir “Dr. Gonzalo Lencinas” por “Dr. Carlos Daniel Lencinas” en los pasajes pertinentes de la resolución del 07/04/2025.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: RONCA, NELLY ILDA y otros.
Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa.
Objeto: causa por suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad (proceso principal: apelación en autos FCB 59497/2015CA2).
Decisión: Se hizo lugar a la aclaratoria solicitada y se ordenó enmendar la resolución de fecha 07/04/2025 sustituyendo en los pasajes pertinentes la mención a “Dr. Gonzalo Lencinas” por “Dr. Carlos Daniel Lencinas”, dejándose constancia en los libros de Secretaría; protocolícese, hágase saber, publíquese y prosiga la causa según su estado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"II. Que la aclaratoria, prevista en el artículo 166, inciso 2° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, tiene por objeto enmendar errores materiales, aclarar conceptos oscuros u omitir aspectos sobre pretensiones debatidas en el proceso. Se trata de un mecanismo que habilita al propio órgano judicial a rectificar, aclarar o integrar su pronunciamiento, preservando así su coherencia y adecuación a las cuestiones oportunamente sometidas a decisión."
"Examinadas las constancias de autos, se advierte que asiste razón al peticionante, dado que se ha incurrido en un error material al consignar equivocadamente el nombre del profesional interviniente en el primer párrafo del Considerando I, en el Considerando VI in fine, y en el punto I) de la parte resolutiva del auto interlocutorio de fecha 07/04/2025."
"En consecuencia, corresponde hacer lugar al pedido de aclaratoria presentado por el Dr. Carlos Daniel Lencinas y disponer las siguientes correcciones en la resolución cuestionada: ... deberá decir: '…llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. Carlos Daniel Lencinas, en su calidad de representante legal de la demandada…' ... deberá decir: '…regulándose los honorarios del Dr. Carlos Daniel Lencinas por las labores desarrolladas en el presente incidente en la cantidad de 5 UMA (art. 16 de la Ley N° 27.423)…' ... deberá decir: '…en cuanto a la regulación de honorarios del Dr. Carlos Daniel Lencinas…'."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución aparece suscripta por los magistrados de la Sala y el acuerdo efectúa las correcciones solicitadas.
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