OLIVA, RICARDO RAUL Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA - F.A.A. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Apelación contra la regulación de honorarios por actuación en la causa por suplementos de fuerzas armadas. La Cámara Federal de Córdoba revocó la regulación de fecha 8/4/2024 y ordenó al juez de grado una nueva estimación conforme a los lineamientos fijados, imponiendo además las costas del trámite.
¿Quién es el actor?
Doctores Ángel S. Yocca y Gustavo C. Tissera (apelan en representación de la parte actora) y el abogado Félix Eduardo Juárez (interviniente).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea Argentina.
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la resolución que reguló honorarios profesionales en la instancia de primera instancia por la acción sobre suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución de fecha 8 de abril de 2024 que había regulado los honorarios, dejó sin efecto esa regulación y ordenó al Juzgado de primera instancia que practique una nueva estimación de honorarios conforme a los lineamientos del resolutorio; además impuso las costas de la instancia y fijó, por la labor en la apelación, los emolumentos del Dr. Félix E. Juárez en el 35% de lo que oportunamente se regule a su favor en primera instancia.
- Fundamentos principales (extractos y citas textuales relevantes):
- "la cuestión a resolver se circunscribe a determinar por tanto si los honorarios regulados a favor del doctor Félix E. Juárez, resultan ajustados a derecho."
- Sobre el método de actualización de la base regulatoria: "corresponde actualizar la planilla de capital e intereses, tomando el valor del capital y los aportes expresados en la planilla acompañada por la demandada que fuere oportunamente aprobada, y adicionarle desde el día posterior a la fecha de corte, los mismos intereses tenidos en cuenta para el capital de condena hasta la fecha en que se dicte la sentencia regulatoria. A dicho resultado deberá adicionarse los intereses ya determinados previamente en la planilla mencionada, a los fines de no incurrir en anatocismo."
- Sobre el procedimiento a seguir: "Una vez efectuada esta operación aritmética, corresponde dividir el monto actualizado por la unidad de medida arancelaria (UMA) vigente a la fecha de la sentencia de regulación."
- Sobre costas y aguinaldos de profesionales: "las costas de esta Instancia se imponen en el orden causado atento el resultado arribado y la falta de contradictorio (conf. art. 68, 2da. parte del CPCCN). No correspondiendo regular honorarios a favor de los doctores Ángel S. Yocca y Gustavo C. Tissera, por ser profesionales a sueldo de su mandante, como así tampoco a favor del doctor Félix E. Juárez por su inactividad en esta instancia. (art. 2 de la Ley 27.423)"
- Fijación de emolumentos por la apelación: "fijar los honorarios profesionales correspondientes al doctor Félix Eduardo Juárez en el 35% de lo que oportunamente se regule a su favor en primera instancia, ello de conformidad al art. 30 de la Ley 27.423."
- Votos y disidencias: La decisión fue por mayoría. Los tres jueces (Montesi, Avalos y Sánchez Torres) votaron en idéntico sentido, por lo que no hubo disidencia.
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