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Legajo Nº 6 - IMPUTADO: GALLARDO, ALAN JUAN IGNACIO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

Solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de las exclusiones introducidas por la ley 27.375 respecto de beneficios del régimen progresivo y la incorporación al período de libertad condicional. La Cámara declaró la inconstitucionalidad de los arts. 56 bis, inc. 10) de la ley 24.660 y 14, inc. 10) del Código Penal (texto según ley 27.375) y ordenó un informe socio-ambiental para evaluar la posible inclusión del condenado en libertad condicional.

Ejecucion penal Inconstitucionalidad Libertad condicional Ley 27.375 Art. 56 bis l.24.660 Art. 14 cp Principio de igualdad Progresividad Informe socio-ambiental Dcaep

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa de Alan Juan Ignacio Gallardo promovió la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.375 y pidió la incorporación al período de libertad condicional. Demandado: Órganos del estado responsables de ejecución penal (DCAEP/autoridad penitenciaria y Fiscalía interviniente en el trámite). Objeto: Inconstitucionalidad de los arts. 56 bis, inc. 10) de la ley 24.660 y 14, inc. 10) del Código Penal, según redacción de la ley 27.375; restitución de la posibilidad de acceder a beneficios del régimen progresivo (libertad condicional). Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis, inc. 10) de la ley 24.660 y 14, inciso 10) del Código Penal, ambos textos según redacción de la ley n° 27.375, "en favor de Juan Pablo Clemente". Asimismo, se ofició a la delegación de la DCAEP para la realización de un informe socio-ambiental en el domicilio del condenado, sito en Avenida Rivero 3125, Pergamino, a fin de evaluar la posibilidad de incorporación al período de libertad condicional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "La ley 24.660 en su redacción original, no sólo consagra la progresividad como un principio para todo el tratamiento penitenciario en general –en sentido amplio–, sino que lo introduce como el criterio central la división de la ejecución de la pena privativa de la libertad, en los cuatro períodos que establece en su art. 12 y ss. (...) Ante ello se advierte que las reglas objetadas, cancelan abstractamente esenciales beneficios del período de prueba que se encuentra situado en el último tramo de la ejecución de la pena privativa de libertad, consistente en un conjunto de alternativas que flexibilizan el encierro carcelario para atenuar sus consecuencias desocializadoras..." "Los argumentos esgrimidos resultan suficientes para la descalificación constitucional de las normas en cuestión: art. 14, 2° supuesto, inc. 10° CP y 56 bis, inc. 10° Ley 24.660 (texto según Ley 27.375) en favor de Alan Juan Ignacio Gallardo." El decisorio explica que la exclusión abstracta de un catálogo de delitos que cancela beneficios del período de prueba vulnera el principio de igualdad (art. 16 CN) y la progresividad del sistema de ejecución penal; critica la razonabilidad e proporcionalidad de la restricción y considera que la reforma legislativa operó una "selección discriminatoria" e "irrazonable" que impide la finalidad resocializadora de la pena. No existen votos en disidencia consignados en el texto.

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