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DALLA COSTA, JUAN OSCAR c/ INST NAC DE SERVICIOS SOCIALES (PAMI) s/AMPARO LEY 16.986

Amparo promovido por Juan Oscar Dalla Costa para obtener cobertura al 100% del medicamento Tolvaptan prescripto por su médico. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó la cobertura total del medicamento hasta progresión de la enfermedad e impuso las costas de la Alzada a la recurrente, regulando honorarios en el 30% de lo que se les fijare en primera instancia.

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¿Quién es el actor?

Juan Oscar Dalla Costa (amparista).

¿A quién se demanda?

INSSJP-PAMI.
- Objeto de la demanda: se solicitó que PAMI otorgue cobertura al 100% del medicamento TOLVAPTAN (TOLKISTAN) 15 mg y 30 mg según prescripción médica y hasta progresión de la enfermedad; asimismo se pidió medida cautelar para cobertura inmediata.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 18 de septiembre de 2024 en lo que fue materia de agravio, se impusieron las costas de la Alzada a la recurrente y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes en la Alzada en el 30% de lo que se les regulare en la primera instancia. Se ordenó además insertar, hacer saber y devolver autos al juzgado de origen conforme Acordada 15/13 CSJN.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En nuestro sistema procesal, la segunda instancia es sólo un medio de revisión del decisorio emitido en la instancia en grado y no una renovación plena del debate... la función ad quem no es la de fallar en primer grado de los magistrados de primera instancia..." "El derecho a la salud posee expresamente jerarquía constitucional en virtud del artículo 75 inciso 22 CN, con la incorporación de los instrumentos internacionales (v. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, art. 12, ap. 1 y 2, incisos a), b), c) y d); Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 25.1 y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, art. XI)." "Ha sostenido la jurisprudencia, que cito por compartir y por resultar aplicable al caso en estudio, que 'Cuando lo indicado por el médico tratante colisiona con la opinión de otro profesional perteneciente a la obra social debe atenderse, como regla, a lo prescripto por el primero, ya que es dable presumir que posee un conocimiento más acabado del caso concreto y de lo que resulta más apropiado...'. Y además '...Privilegio la opinión del médico de cabecera o tratante, quien examinó cuidadosamente a su paciente, frente a la opinión, no menos seria, pero basada en parámetros generales, o estándares médicos, de la obra social, por lo tanto, no específicos y concretos.'" "Adhiero al análisis hecho por el juez de grado... el producto Tolkistan/Tolvaptan 15mg – 30 mg, forma farmacéutica comprimidos recubiertos, se encuentra autorizado por la ANMAT para su comercialización como especialidad medicinal desde el mes de enero de 2021."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; los tres miembros del tribunal adhieren a la solución propuesta por la Dra. Andalaf Casiello.

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