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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LEGUIZAMON, MIGUEL ANGEL s/INFRACCION LEY 23.737

Imputado por tenencia de cocaína (12,8 g) fue condenado en juicio abreviado por tenencia de estupefacientes. La Cámara (Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe) condenó a Miguel Ángel Leguizamón a un año de prisión, con cumplimiento en suspenso, multa de $2.000 y reglas de conducta por dos años, por haberse acreditado la tenencia de 12,8 gramos de cocaína.

Tenencia de estupefacientes Cocaina 12 8 g Juicio abreviado Pena en suspenso Multa $2.000 Reglas de conducta Destruccion de estupefaciente Costas $4.700 Tribunal oral en lo criminal federal de santa fe Devolucion de caucion $73.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (fiscal auxiliar Dr. Nicolás Sacco), vía acto de acusación y acuerdo de juicio abreviado. Demandado: Miguel Ángel Leguizamón (DNI 32.220.809). Objeto: Se le imputó y se lo juzgó por el delito de tenencia de estupefacientes (art. 14 1º párr. de la ley 23.737 y art. 45 CP) por el hallazgo de 12,8 gramos de cocaína y elementos asociados en su domicilio. Decisión: Se condenó a Miguel Ángel Leguizamón como autor del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES a la pena de UN (1) AÑO DE PRISIÓN, cuyo cumplimiento será dejado en suspenso (art. 26 CP), y multa de DOS MIL PESOS ($2.000). Se impusieron reglas de conducta por dos años (fijar residencia, sometimiento al patronato, abstenerse de usar estupefacientes y de relacionarse con personas vinculadas al expendio/consumo), se le impondrán las costas ($4.700) y se ordenó la destrucción del estupefaciente secuestrado; se dispondrá asimismo la devolución del dinero de caución ($73.000) y de los celulares, con retención preventiva y eventual destrucción si no son retirados en 3 meses. La decisión surge de un juicio abreviado aceptado por el imputado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Se encuentra probado en autos que el día 28 de marzo del año 2021... encontrándose presente Miguel Ángel Leguizamón secuestró 12,8 gramos de cocaína, dos (2) teléfonos celulares, una (1) balanza y dinero en efectivo... El plexo probatorio... se encuentra conformado por el acta de fs. 196/197... gozando de la presunción de legitimidad dispuesta en el art. 296 del CCCN..." "De igual forma se ha probado –en los términos del art. 77 del CP
- el carácter de estupefaciente del material secuestrado... confirma que la sustancia efectivamente se trata de 12,8 gramos de cocaína." "En virtud de ello se le impondrá la pena de un (1) año de prisión. Teniendo en cuenta que se dan en el caso los requisitos exigidos por el art. 26 del CP... acepto la postura adoptada en el acuerdo en cuanto a que se torna innecesario el cumplimiento efectivo de la pena... En consecuencia, de acuerdo con lo previsto por el art. 27 bis del Código Penal, se le impondrá durante el plazo de dos (2) años... las reglas de conducta..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final.

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