Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LOPEZ, RICARDO ARIEL Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Procedimiento abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización: se homologó el acuerdo y se condenó a Ricardo Ariel López a 2 años de prisión efectiva y multa equivalente a $2.340.000. La Cámara homologó el procedimiento abreviado conforme al art. 431 bis CPPN y fijó además costas, tasa de justicia y la conversión de la pena pecuniaria en 5 días de prisión, con vencimiento el 13/07/2025.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado por el Dr. Mariano Barabani).
- Demandado / Imputado: Ricardo Ariel López (DNI 26.538.405).
- Objeto de la resolución: Solicitud de procedimiento abreviado y homologación del acuerdo por hechos ocurridos el 08/07/2023, por delito previsto en el art. 5º inc. c de la Ley 23.737 (tenencia de estupefacientes con fines de comercialización), con determinación de pena y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al procedimiento abreviado y se homologó el acuerdo; se condenó a Ricardo Ariel López a 2 años de prisión efectiva, multa de 22,5 unidades fijas equivalentes a $2.340.000 y costas; se impuso tasa de justicia ($4.700) y se incluyeron gastos de pericia química por $461.312,61; se ordenó el decomiso conforme a sentencia de fecha 30/05/2025; se devolvieron los efectos no vinculados al delito si son reclamados; se convirtió la pena pecuniaria en 5 días de prisión (art. 21 CP), con cómputo que hace vencer la pena el 13/07/2025; la sentencia quedó firme por renuncia expresa a instancias recursivas.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"En virtud de lo acordado por las partes y de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I. Hacer lugar a la solicitud de procedimiento abreviado y homologar el acuerdo presentado por las partes en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
"II. Condenar a Ricardo Ariel López (DNI 26.538.405 ), a la pena de 2 años de prisión efectiva, multa de 22,5 unidades fijas equivalentes a la suma de pesos $2.340.000 y costas, por considerarlo partícipe secundaria del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad tenencia de estupefacientes con fines de comercialización..."
"VII. Convertir la pena pecuniaria de pesos $2.340.000, en los términos del art. 21 del CP, en un total de 5 días de prisión, contados a partir del día que le correspondería obtener la libertad a Ricardo Ariel López y, en consecuencia, fijar el cómputo de pena, disponiendo que la pena de prisión impuesta al nombrado vencerá el día 13 de julio de 2025, a las 12:00 horas, toda vez que de la compulsa del expediente surge que estuvo detenido para la presente de manera ininterrumpida desde el 08.07.2023."
Se deja constancia: "Declarar firme la presente sentencia en función de la renuncia expresa de la defensa y López a las instancias recursivas..."
- Votos en disidencia: No se registran disidencias; la acta indica decisión del Juzgado de Cámara y homologa el acuerdo por procedimiento abreviado.
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