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PROSDOCIMO, MARTA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora reclamó el reajuste del haber de pensión ante ANSES por movilidad y retroactividad. El Juzgado Federal de Córdoba hizo lugar a la acción, revocó la resolución administrativa RCE‑M 00096/22, ordenó a ANSES recalcular y liquidar los haberes y declaró la inconstitucionalidad de varias normas (entre ellas arts. 7.2 L.24.463; art.2 L.27.426; fórmula L.27.609; y artículos impositivos), imponiendo costas a la demandada.


¿Quién es el actor?

Sra. Marta Prosdocimo (representada por Dres. Alejandra Theaux y Mayco D. Toyos).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Se solicita la revocación de la resolución administrativa que denegó el pedido de reajuste del haber de pensión, el recalculo del haber inicial del causante y el reajuste del haber previsional de la actora, con pago de retroactividades; además, se peticiona la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (arts. de la ley 24.463, 24.241, 27.426, 27.609, y disposiciones del Código Fiscal respecto de Impuesto a las Ganancias).

¿Qué se resolvió?

Se admitió la acción; se ordenó a ANSES determinar el haber inicial del causante, recalcular y reajustar el haber previsional de la pensionada conforme a las pautas fijadas en los considerandos; se revocó la Resolución N° RCE‑M 00096/22 (12/04/2022) y se ordenó la práctica de las liquidaciones dentro del plazo del art. 2 de la ley 26.153; se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463, del art. 2 de la ley 27.426 (en los alcances expuestos), de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609, del art. 21 de la ley 24.463 y de los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 (texto según leyes 27.346 y 27.430), disponiéndose la exención de retenciones de Ganancias sobre los retroactivos y el haber reajustado; se impusieron las costas a la demandada; se diferió la regulación de honorarios para la etapa de cumplimiento.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): 10) "A mérito de lo expuesto, debe revocarse la Resolución N° RCE‑M 00096/22 de fecha 12/04/2022 y ordenar a la Anses que practique la liquidación respectiva a fin de recalcular el haber del causante y reajustar los haberes previsionales de la actora, en función de las pautas citadas ut‑supra. Dicha medida deberá cumplimentarse dentro del plazo fijado en el art.2° de la ley 26.153 bajo apercibimiento de ley, debiendo acreditar ante el Tribunal el cumplimiento de la obligación que se impone, mediante la presentación de la liquid

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