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V A, L J c/ G, U L s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones reclamó incapacidad sobreviniente y daño moral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala L, hizo lugar a la apelación, revocó la sentencia de grado y condenó a U L G y a la aseguradora L C de S S.A. a pagar $15.000.000 más intereses, por entender acreditado el nexo causal y fijar $10.000.000 por incapacidad física y $5.000.000 por daño moral.

Accidente de transito Danos y perjuicios Incapacidad sobreviniente Dano moral Pericia medica Relacion de causalidad Aseguradora Condena por $15.000.000 Intereses Costas


¿Quién es el actor?

L J V A (accionante).

¿A quién se demanda?

U L G (con citación en garantía de la aseguradora L C de S S.A.).
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 12 de septiembre de 2021, con secuelas físicas (hernia cervical, compromiso radicular, vestibulopatía) y psíquicas, y pedido de tratamiento psicológico y reparación por daño moral.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al agravio del actor, se revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y se condenó a U L G y a la aseguradora L C de S S.A. a abonar a L J V A la suma de $15.000.000 dentro de los diez días, más intereses calculados según lo indicado en el considerando V; además, se impusieron las costas a las accionadas.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Pues bien, aceptado lo concluido en el informe pericial, las circunstancias particulares de la víctima, el grado de incapacidad señalado, las variables aludidas, de acuerdo con el cálculo propuesto, propongo fijar la indemnización por incapacidad física sobreviniente en la suma de 10.000.000." "En base a lo expuesto precedentemente, propongo al Acuerdo establecer la cuantía del daño moral en la suma de $5.000.000. Entiendo que la suma que se propone resulta adecuada e idónea para brindar satisfacciones compensatorias o sustitutivas, proporcionales a la intensidad del sufrimiento susceptible de ser provocado por la situación descripta..." "En definitiva, L J V A ha acreditado perjuicios por la suma de $15.000.000, importe al que deberán adicionarse los respectivos intereses, calculados desde la fecha en que se produjeron los perjuicios objeto de reparación (conf. CNCiv. en pleno, L.L.93-667)."
- Votos: Los Dres. Rodríguez, Pérez Pardo e Iturbide votaron en el mismo sentido (acuerdo unánime). No hay disidencia relevante.

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