A, M J c/ R, J D Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamó indemnización por daños y perjuicios tras accidente de tránsito que le provocó fractura de tibia y secuelas físicas y psíquicas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia: aumentó las partidas por incapacidad sobreviniente, tratamientos futuros, daño moral, gastos y privación de uso, confirmó lo demás y condenó en costas a los demandados.
¿Quién es el actor?
M J A (actor).
- Demandados: J D R (conductor), OSUTHGRA / aseguradora (O), y la citada en garantía P S.A. de S.
- Objeto de la demanda: reparación por daños y perjuicios derivados de un choque ocurrido el 10/9/2016 en Av. 9 de Julio y Carlos Calvo, en el que la motocicleta del actor fue embestida por un automóvil que cruzó con luz en rojo; se reclamaron incapacidad sobreviniente, tratamientos, daño moral, gastos médicos y materiales, privación de uso y desvalorización de la moto, entre otros rubros.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y elevó las siguientes partidas a valores de la sentencia apelada: incapacidad sobreviniente a $7.000.000; tratamientos kinesiológicos y psicológicos futuros a $2.000.000; daño moral a $3.500.000; gastos médicos/farmacia/traslado a $50.000; privación de uso a $30.000. Confirmó la sentencia en lo demás apelado; aclaró que la extensión de la condena a la aseguradora lo es en los términos del seguro contratado; impuso las costas de la alzada a los demandados; y estableció el régimen de intereses indicado en el fallo.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario):
1) "Solo a mayor abundamiento debo señalar que la responsabilidad del conductor del rodado Volkswagen, modelo Bora, dominio LMT-124 ha quedado plenamente acreditada. De las actuaciones penales ... se logró visualizar a las 05:47:49 el momento en donde el damnificado circulaba por la Avda. 9 de Julio a bordo de su motocicleta, habilitado por la luz del semáforo, y cruza la intersección con la calle Carlos Calvo momento en que es embestido por el conductor de un rodado color gris... Ello es rotundamente demostrativo de la responsabilidad en el hecho que cabe atribuir al conductor del vehículo demandado..."
2) "Por lo expuesto, entiendo que los agravios de la parte actora respecto del daño psíquico, deben ser admitidos. ... dado que la experta no pudo asegurar que la capacidad psíquica del Sr. Aguilar volvería a ser la misma que en los momentos previos del accidente, entiendo que el daño psíquico debe ser admitido e indemnizado."
3) "En consecuencia, encontrándose acreditadas secuelas físicas y psíquicas permanentes; teniendo en cuenta que al momento del hecho el actor tenía 41 años... en uso de las facultades conferidas por el art. 165 del Cód. Procesal, por resultar un tanto reducida, propongo elevar la partida por incapacidad sobreviniente ... a la suma de pesos siete millones de pesos ($7.000.000) ... y elevar la partida correspondiente a los tratamientos de fisiokinesioterapia y psicológico futuro, a la suma de pesos dos millones de pesos ($ 2.000.000)..."
- Disidencia: no hubo voto de disidencia; los magistrados votaron en el mismo sentido.
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