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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AGUIAR, EDUARDO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

El imputado fue procesado por tenencia simple de estupefacientes; la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación y, en consecuencia, el Tribunal declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Elvio Osvaldo Correa por cumplimiento de las reglas de conducta. La decisión se apoyó en la determinación de la Cámara de Casación sobre el cumplimiento de las reglas y en la constatación de la falta de delitos durante el plazo de prueba.

Tenencia simple Sobreseimiento Extincion de la accion penal Suspension del procedimiento a prueba Reglas de conducta Camara federal de casacion penal Cumplimiento de tareas comunitarias Debido proceso Art. 76 ter cp Ley 23.737

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (órgano acusador público). Demandado: Elvio Osvaldo Correa (DNI 25.736.464). Objeto: Imputación por el delito de tenencia simple de sustancias estupefacientes (art. 14, primer párrafo, ley 23.737), en carácter de autor (art. 45 CP); se otorgó suspensión del procedimiento a prueba con reglas de conducta (tareas comunitarias, multa, fijar residencia, etc.). Decisión: Declarar la extinción de la acción penal conforme al art. 76 ter, cuarto párrafo del Código Penal y sobreseer a Elvio Osvaldo Correa por el delito previsto en el art. 14, primer párrafo, de la ley 23.737. Se ordenó hacer saber, publicar y archivar las actuaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "Mediante resolución registro n°659/25 de fecha 5 de junio de 2025, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa de Elvio Osvaldo Correa, resolvió anular la decisión recurrida y, por mayoría, tener por cumplidas las reglas de conducta impuestas oportunamente al nombrado, disponiendo la remisión de las actuaciones para que se dicte nuevo pronunciamiento." "En lo que aquí concierne, cabe destacar que el Dr. Slokar, en su voto dijo que '...más allá del alegado incumplimiento de las tareas comunitarias, ha transcurrido largamente el plazo previsto para la evaluación de las reglas de conducta, por lo que lo venido a estudio resultaría una clara violación al principio del debido proceso legal'." "Asimismo, destacó lo sostenido en doctrina en cuanto a que: 'acreditado en el caso el exceso en los plazos para que la autoridad judicial adopte medidas dentro del marco ‘razonable’ de la supervisión del instituto, debe tenerse por perdida la potestad estatal de exigirle al imputado la observancia de las reglas de conducta impuestas, correspondiendo se declare extinguida la acción penal y el consecuente sobreseimiento...'" "En virtud de la decisión adoptada por el órgano revisor, se solicitó al Registro Nacional de Reincidencia la remisión de un informe de antecedentes penales actualizados respecto del procesado, surgiendo del mismo que no cometió delitos durante el plazo mediante el cual se le concedió el beneficio aludido." "Por todo lo expuesto, el Tribunal, RESUELVE: I. Declarar la extinción de la acción penal... II. Sobreseer a Elvio Osvaldo Correa... III. Inserta, hacer saber, publicar y, oportunamente, archivar las actuaciones."
- Votos o disidencias relevantes: La resolución menciona la decisión mayoritaria de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal (votos del Dr. Slokar y adhesiones de la Dra. Ledesma y del Dr. Yacobucci) que llevaron a tener por cumplidas las reglas y remitir para nuevo pronunciamiento; no se consignan disidencias en el pronunciamiento contenido en esta sentencia de trámite.

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