Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LEZCANO, PRISCILA AILEN Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización acordado entre Fiscalía, defensa y acusados. La Cámara (Tribunal Oral) aceptó el trámite de juicio abreviado y homologó condenas: penas de 4 años y 6 meses para Priscila Lezcano y Susana Vera; 2 años para Echavarría, Fregenal y Bernaechea, con multas, decomiso y destrucción de estupefacientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representada por la Auxiliar Fiscal Dra. María Florencia Irigaray).
Demandado: Priscila Ailén Lezcano; Susana Beatriz Vera; Vladimir Ricardo Echavarría; Diego Maximiliano Fregenal; Alberto Ceferino Ariel Bernaechea.
Objeto: Responsabilidad penal por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en distintas modalidades (coautores y partícipes secundarios) y en concurso real entre hechos.
Decisión: Se aceptó el trámite de juicio abreviado (art. 431 bis CPPN) y se homologaron los acuerdos condenatorios: Lezcano y Vera condenadas a 4 años y 6 meses de prisión, multa de 60 unidades fijas e inhabilitación especial por igual término; Echavarría, Fregenal y Bernaechea condenados a 2 años de prisión y multa de 22,5 unidades fijas; se dispuso decomiso de las sumas y celulares detallados ($8.084; $51.500; $84.850), destrucción del estupefaciente secuestrado, levantamiento de inhibiciones una vez satisfechas las multas, y pago de costas y tasa de justicia. Las penas cuentan con cómputos y fechas de vencimiento indicadas en la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
"En virtud de lo acordado por las partes y con base en los fundamentos expresados previamente en esta audiencia, de conformidad a lo prescripto en los artículos 398 y 431 bis del código procesal penal de la nación, RESUELVO: I. ACEPTAR EL TRÁMITE DE JUICIO ABREVIADO en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
"II. CONDENAR a Priscila Ailén LEZCANO ... a la pena de CUATRO (4) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, multa de 60 unidades fijas
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