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MAIDANA, ALCIDES JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor solicitó reajuste de su haber jubilatorio y la declaración de inconstitucionalidad de normas previsionales e impositivas. El Juzgado Federal de Córdoba hizo lugar al reclamo, ordenó a ANSES recalcular y reajustar el haber, revocó la resolución RCE‑B 01808/24 y declaró inconstitucionales diversas disposiciones, disponiendo exención de retención del Impuesto a las Ganancias sobre los importes retroactivos.

Maidana Anses Reajuste de haber Prestacion compensatoria Inconstitucionalidad Movilidad previsional Impuesto a las ganancias Tasa pasiva promedio Revocatoria resolucion rce?b 01808/24 Costas


¿Quién es el actor?

Alcides Jorge Maidana.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber jubilatorio, reconocimiento de diferencias retroactivas y declaración de inconstitucionalidad de normas (entre ellas preceptos de las leyes 24.241, 24.463, 20.628 y 27.609) y exclusión de retenciones de Impuesto a las Ganancias sobre los retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción; se ordenó a ANSES que determine el haber inicial del jubilado y reajuste el haber previsional conforme los considerandos, se revocó la Resolución N° RCE-B 01808/24 de fecha 30/05/2024 y se ordenó la práctica de las liquidaciones respectivas dentro del plazo del art. 2 de la ley 26.153; se fijó la tasa de interés aplicable (Tasa Pasiva Promedio del BCRA); se declararon inconstitucionales el art. 7 inc. 2 de la ley 24.463, los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 (con la consecuencia de exención de retención del Impuesto a las Ganancias sobre los retroactivos y el haber reajustado), la fórmula de movilidad de la ley 27.609 y el art. 21 de la ley 24.463; se impusieron las costas a la demandada y se diferió regulación de honorarios para el cumplimiento de sentencia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Admitir la procedencia de la acción articulada por el Sr. Alcides Jorge Maidana en contra de la Administración Nacional de la Seguridad Social y en consecuencia: a) Ordenar a la Anses que determine el haber inicial del jubilado y reajuste el haber previsional del mismo, de acuerdo a lo explicitado en los considerandos pertinentes; b) revocar la resolución N° RCE-B 01808/24 de fecha 30/05/2024 y ordenar a la ANSES practique las liquidaciones respectivas." "Que en cuanto a la tasa de interés aplicable a las diferencias resultantes a los cálculos fijados en el considerando anterior, ésta será la de la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central de la República Argentina desde que cada suma es debida hasta su efectivo pago." "Consecuencia de lo expuesto, cabe declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628, texto según leyes 27.346 y 27.430 y por lo tanto exentas de retención de Impuesto a las Ganancias a las sumas que correspondiere abonar al accionante en concepto de retroactivo emergente del reajuste que se ordena, como así también el haber reajustado que en definitiva corresponda al mismo."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; la resolución es firme y dictada por el Juez de primera instancia.

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