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CARO, OSCAR ALFREDO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

Amparo por mora promovido contra la ANSES solicitando pronta resolución de expediente administrativo. El Juzgado Federal declaró la acción abstracta porque ANSES dictó la resolución reclamada, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios a favor del letrado actor por $512.428 (7 UMA).

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¿Quién es el actor?

Sr. Oscar Alfredo Caro.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo por mora para que se intime a ANSES a resolver el expediente administrativo N° 024-20-216271093-357-1, iniciado el 09/01/2025, relativo a solicitud de recálculo de haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

Se declaró abstracta la acción de amparo por mora iniciada por el Sr. CARO OSCAR ALFREDO contra ANSES; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios al letrado de la actora en $512.428 (equivalente a 7 UMA); se eximió la causa de la tasa de justicia; se emplazó a los letrados a acreditar aportes previsionales y colegiales en 5 días.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Al no haber obtenido respuesta por parte de la administración la actora presentó la demanda bajo análisis en sede judicial." "De acuerdo a la documental adjuntada por la demandada la ANSES acreditó que procedió a cumplir con el dictado de la resolución correspondiente con posterioridad al inicio de la presente acción." "Debemos destacar que las resoluciones judiciales deben limitarse a expedirse sobre cuestiones fácticas o jurídicas sobre las cuales pueda existir alguna controversia al momento de su dictado. En la presente causa el planteo efectuado carece de objeto actual por haberse cumplimentado con la pretensión esgrimida por la actora, por lo cual no existen razones por las cuales deba expedirme sobre su procedencia o improcedencia." Cita jurisprudencial: "…a esta Corte le está vedado expedirse sobre planteos que devienen abstractos en tanto todo pronunciamiento resultaría inoficioso al no decidir un conflicto litigioso actual ..." (CSJN, Zavalía, José Luis c/ Santiago del Estero, Provincia de y Estado Nacional s/ amparo 23/06/2006). Sobre honorarios: "En consecuencia, recurriendo a la disposición citada y teniendo en cuenta, conforme lo dispone el art. 16 de la normativa aplicable, el valor, motivo, extensión, calidad jurídica de la labor desarrollada, la complejidad del caso bajo análisis y el resultado obtenido se regulan los honorarios del Dr. Luis José Martino López, letrado de la actora, en la suma de Pesos quinientos doce mil cuatrocientos veintiocho ($ 512.428) equivalente a 7 UMA conf. Resolución de su Secretaría General de Administración Nº 1432/2025 de la CSJN."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la sentencia.

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