Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CANTARO, ALEJANDRO SALVADOR s/ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.248), ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 1 APARTADO A, ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO A y ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO D
El Ministerio Público Fiscal acusó a Alejandro Salvador Cantaro por participación necesaria en la comercialización de estupefacientes, con agravante por su condición de funcionario público. La Cámara Federal de Bahía Blanca, por mayoría, condenó a Cantaro a seis años de prisión, multa de 472 unidades fijas, inhabilitación absoluta y especial por 10 años, ordenó su detención, decomisó dispositivos electrónicos y rechazó el decomiso del Peugeot OOB-415.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal General en alegato de clausura).
- Demandado / Imputado: Alejandro Salvador Cantaro (DNI 12.221.070), Fiscal General de la jurisdicción, abogado y funcionario judicial.
- Objeto de la demanda: Juicio oral por su actuación como partícipe primario en el delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio, agravado por ser funcionario público (art. 5 inc. c y art. 11 inc. d Ley 23.737). Petitorio fiscal: pena de 7 años, multa de 472 UF, inhabilitaciones, decomiso de bienes, entre otros pedidos.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara condenó a Cantaro por ser partícipe primario del delito de comercialización de estupefacientes agravado por su condición de funcionario público a SEIS (6) AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE 472 UNIDADES FIJAS, INHABILITACIÓN ABSOLUTA e INHABILITACIÓN ESPECIAL DE DIEZ (10) AÑOS, accesorias legales y costas; ordenó su detención una vez firme la sentencia; rechazó el decomiso del Peugeot dominio OOB-415; decretó el decomiso de la notebook COMPAQ Presario y de un CPU rotulado “5858-C/N17270” secuestrados en su domicilio; devolvió al MPF un CPU secuestrado en la Fiscalía; remitió testimonios a la Procuración General (Secretaría Disciplinaria) y dejó reservados otros efectos para la causa FBB 209/2021.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "Sentado cuanto precede, he de señalar que los elementos de convicción producidos e incorporados en audiencia, ... me permiten tener por acreditado -con el grado de certidumbre apodíctica que requiere el dictado de un pronunciamiento condenatorio
- que el imputado Alejandro Salvador Cantaro ... prestó una ayuda esencial a los imputados del expediente FBB 9736/2016/TO1 ... para que éstos pudieran eludir las investigaciones y se sustrajeran de la acción que se llevaba a cabo ..." (considerando III).
2) "En mérito a las consideraciones expuestas, desde una ponderación integral de la evidencia reunida, tengo por comprobado que Cantaro llevó a cabo una conducta intensamente favorecedora ... imponiendo su calificación bajo el título de cooperación necesaria." (considerando III, sobre cooperación necesaria).
3) "CONDENAR a ALEJANDRO SALVADOR CANTARO ... como partícipe primario del delito de tráfico de estupefacientes ... a la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE 472 UNIDADES FIJAS, INHABILITACIÓN ABSOLUTA e INHABILITACIÓN ESPECIAL DE DIEZ (10) AÑOS ...". (bloque resolutorio).
- Disidencia: El Dr. Ernesto Sebastián (preopinante) propuso condena mayor (siete años) y tuvo matices en la dosificación; la decisión que opera es la del Acuerdo mayoritario (Bracco y Silva) que impuso seis años.
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