DIAZ AYALA, RAFAEL ANTONIO c/ RUIZ, VANESA SHEILA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamó resarcimiento por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito; el Juzgado hizo lugar parcialmente y condenó a la conductora y a la aseguradora a pagar $7.810.000 más intereses y costas por responsabilidad objetiva vinculada al riesgo de la circulación, con regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Rafael Antonio Díaz Ayala.
- Demandada: Vanesa Sheila Ruiz (y citada en garantía: Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A.).
- Objeto de la demanda: reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido la noche del 21/10/2021, con lesiones graves del actor (fractura de astrágalo, intervenciones quirúrgicas, secuelas y daño psíquico).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó solidariamente a Vanesa Sheila Ruiz y a Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A., en los términos del art. 118 de la ley 17.418, a pagar a la parte actora la suma de $7.810.000, dentro de diez días y bajo apercibimiento de ejecución, más intereses moratorios (liquidables según lo dispuesto en la sentencia) y costas; asimismo se regularon honorarios y se ordenó la entrega de documentación. (Resolución conforme a lo dispuesto en el apartado 7.1.-7.3. de la sentencia.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Acreditado el contacto entre los vehículos, a la demandada correspondía probar la interferencia de algún factor idóneo para interrumpir la atribucion de responsabilidad objetiva que, a falta de tal prueba, corresponde efectuarle. La defensa de la demandada y de la citada en garantía no explicó en base a qué elementos objetivos consideró en su alegato acreditado que fue el demandante quien violó la prohibición de paso establecida por el semáforo."
2) "Del informe pericial médico, ... surge que '...presentan una Incapacidad Física Parcial y Permanente del 31% (treinta y uno por ciento) de la total obrera / total vida. (...) En caso de demostrarse que el accidente que originara los presentes autos ha ocurrido tal como lo relatan los actores, por su etiología, topografía, mecanismo de producción y cronología es causa suficiente y eficiente como para producir las secuelas descriptas en este informe pericial.'"
3) "Para la determinación de la incapacidad física, tengo en cuenta el impacto de una lesión como la padecida por el Sr. Díaz Ayala en la vida de un hombre joven. Con base en ello y las pautas enunciadas, fijo el resarcimiento por este concepto en la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000). ... Lo explicado por la perita psicóloga en audiencia, en la que dijo que el tratamiento podía posibilitar la remisión del cuadro, me impide considerar al daño psíquico estimado como definitivo, por lo que solo fijaré la suma de dinero que, según valores actuales, resultaría adecuada para cubrir el tratamiento indicado por la experta, la que establezco en un millón quinientos sesenta mil pesos ($ 1.560.000)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia es de un solo juez de primera instancia.
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