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MONTANS, CARLOS ALEJANDRO Y OTRO c/ GRUPO CASA 10 SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores demandaron por daños y perjuicios por demora en la entrega y diferencias de cobros en la construcción y compraventa de una vivienda (UF 31) en Los Robles de Monte Grande. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda por la demora y condenó a Grupo Casa 10 S.A. a pagar privación de uso $1.500.000, gastos de traslado $40.000, daño moral $200.000 y multa punitiva $100.000, con intereses y costas a la vencida.

Demora en entrega Vivienda Danos y perjuicios Ley 24.240 Privacion de uso Dano moral Dano punitivo Restitucion Intereses Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Carlos Alejandro Montans y María Belén Calvento. Demandado: Grupo Casa 10 S.A. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de incumplimientos contractuales en la construcción y entrega de una vivienda (Unidad Funcional N°31) y restitución/compensación por sumas supuestamente abonadas de más y diferencia por mobiliario no aportado; además daño emergente, moral y punitivo. Decisión: Se hizo lugar a la demanda entablada el 24/10/2018 y se condenó a Grupo Casa 10 S.A. a abonar a los demandantes las sumas indicadas en el considerando III apartados B (privación de uso), C.i) (gastos de traslado), D (daño moral) y E (daño punitivo), con intereses a la tasa indicada en el considerando V, a liquidar según lo dispuesto y en el término de diez días. Con costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): 1) "De la documentación transcripta ... la demandada Grupo Casa 10 S.A. comunicó el 2/12/2016 la finalización de la construcción del inmueble, que había tenido lugar el 2/11/2016." 2) "Por tal razón, es que los accionantes no recibieron la obra el 10/1/2017, y requirieron la intervención de la justicia local el 16/2/2017, logrando obtener tal entrega recién el 8/3/2017. Por lo expuesto, se concluye que efectivamente existió una demora en la entrega de la vivienda ..." 3) "En síntesis, asiste razón a la demandada, en cuanto sostuvo que las sumas ya habían sido devueltas a los accionantes con anterioridad a la promoción de estos actuados (24/10/2018), por lo que este aspecto del reclamo será desestimado." 4) "Al respecto, los accionantes no aportaron en autos prueba idónea que acredite la diferencia de precios ... ni mucho menos la existencia de una suma de dinero a su favor." 5) Sobre la reparación: "Por lo expuesto, es que corresponde hacer lugar al rubro reclamado [privación de uso] y en consecuencia, ... se fija el presente rubro en la suma de pesos un millón quinientos mil ($1.500.000) para ambos actores, en conjunto." 6) "Se considera adecuado fijar la indemnización en la suma de pesos doscientos mil ($200.000) para ambos actores, en conjunto." (daño moral) 7) "Se considera adecuado fijar la multa peticionada en la suma de pesos cien mil ($100.000) para ambos accionantes." (daño punitivo) 8) Parte dispositiva final: "Haciendo lugar a la demanda entablada el 24/10/2018. En consecuencia, condeno Grupo Casa 10 S.A. a abonar a los demandantes las sumas indicadas en el considerando III apartados B, C. i), D y E con más sus intereses, a liquidar según el sistema establecido en el considerando V, en el término de diez días. Con costas a la vencida."
- Disidencias: no registradas en el pronunciamiento.

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