KITAIGRODSKY, BERNARDINO NESTOR Y OTROS c/ CONSORCIO PROPIETARIOS MEDRANO 333 CAPITAL FEDERAL s/DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA VECINDAD
Los actores demandaron al Consorcio de Copropietarios de la calle Medrano 333 por daños y perjuicios causados por filtraciones que afectaron su departamento. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó al Consorcio a pagar $3.900.000 más intereses, en los términos fijados en el fallo, con costas al vencido.
¿Quién es el actor?
Bernardino Néstor, Pablo José y Beatriz Mirta Kitaigrodsky (por derecho propio).
¿A quién se demanda?
Consorcio de Copropietarios de la calle Medrano 333.
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños materiales y reparación por filtraciones de agua que afectaron la unidad funcional N°10, piso 3°, depto. “B” (muebles, cielorraso, pintura y riesgo en artefactos eléctricos).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda interpuesta el 3/8/2023 y se condenó al Consorcio a abonar a los actores las sumas indicadas en el Considerando IV (daños materiales por $3.900.000), con más sus intereses, a liquidar según la tasa y sistema fijados en el Considerando VII, en el término de diez días; costas al vencido. Notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
1) Sobre la prueba pericial y origen del daño: “se verificaron daños en la totalidad del cielorraso del inmueble, en todos los ambientes, en forma más manifiesta en el lavadero y el baño” (respuesta al punto “1” de la pericia presentada con fecha 19/8/24). La perito además concluyó que las filtraciones “podrían provenir de los desagües, posiblemente del lavadero o del baño” y que los trabajos realizados en la unidad superior 4° B “... podrían haber provocado el daño en el 3° B”.
2) Sobre la cuantificación del daño: “se estima pintura total, con enduido parcial, con fijador y terminación en látex: Material y Mano de obra se estima $2.000.000 (pesos dos millones). Reemplazo de muebles de cocina Bajo Mesada y alacena, con remoción de mesada y reinstalación: $1.800.000(pesos un millón ochocientos mil). Estimado de revisión de instalación eléctrica $200.000.
- Se estima un total de $3.900.000 (pesos tres millones novecientos mil). Estos valores son estimados en materiales estándar similares a lo existente” (pericia del 14/11/24).
3) Sobre la declaración de rebeldía y sus efectos: el juez señaló que la demandada fue declarada rebelde y que “resulta especialmente valorable la renuencia de aquella a presentarse a contestar demanda y el absoluto silencio que ha guardado durante la tramitación del proceso, que autoriza a tener por ciertos los hechos conforme fueron expuestos por la actora, en los términos del artículo 356, inciso 1, del Código Procesal.” Con esos elementos y sin eximente acreditada por la demandada, se consideró configurada la responsabilidad del Consorcio respecto de las filtraciones y los daños resultantes.
4) Sobre intereses y tasa aplicable: se aplicará “la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina” desde la fecha de la pericia (14/11/24) hasta el efectivo pago (Considerando VII).
- No hubo votos en disidencia en autos; la decisión es la que adopta el Juzgado en el bloque dispositvo final transcripto.
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