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SPITSYNA, MARIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía: se declaró ciudadana argentina a María Spitsyna. El Juzgado Civil y Comercial Federal Nº4 concedió la carta de ciudadanía a la peticionante por reunir los requisitos constitucionales y legales, condicionando la extensión del título al juramento de fidelidad y advirtiendo la obligación de enrolarse y la eventual cancelación por fraude conforme al art. 15 del Decreto 3213/84.

Ciudadania Carta de ciudadania Naturalizacion Decreto 3213/84 Ley 346 Juramento de fidelidad Enrolamiento Ministerio publico fiscal Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARIA SPITSYNA (apellido de nacimiento VLASKINA), solicitante de carta de ciudadanía. Demandado: No aplica (proceso de solicitud de ciudadanía ante el Juzgado Federal). Objeto: Solicitud de carta de ciudadanía argentina. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se declaró ciudadana argentina a MARIA SPITSYNA (D.N.I. 96.413.637), nacida el 21/09/1996 en Moscú, quedando condicionada la extensión del título al juramento de fidelidad a la República, la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y la advertencia sobre la posible cancelación de la ciudadanía por fraude u ocultamiento conforme al art. 15 del Decreto 3213/84.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina." "Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 25/06/2025 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fs. 18, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina a MARIA SPITSYNA (apellido de nacimiento VLASKINA), D.N.I. Nº 96.413.637, nacida el 21 de septiembre de 1996, en Moscú, Federación de Rusia, Nación, de nacionalidad rusa, hija de Dimitry VLASKIN (padre) y de Tatiana VORONINA (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
- Votos en disidencia: No se consignan disidencias en el dispositivo.

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