ZAMBRANO, RAFAEL EUDORO Y OTROS c/ OMINT s/INCUMPLIMIENTO DE PRESTACION DE OBRA SOCIAL/MED. PREPAGA
Demanda por incumplimiento de prestación de una prepaga y reintegro de gastos de rehabilitación y facturas del Instituto Fleni. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: rechazó y declaró desiertas varias quejas de la demandada, fijó nuevas fechas de inicio de cómputo de intereses para las sumas reconocidas ($1.153.781,81 desde 9.4.2015 y $620.478,05 desde 25.2.2025) y admitió daño punitivo por $1.000.000, imponiendo las costas de Alzada a OMINT.
¿Quién es el actor?
Sras. Adriana María Ruíz Guiñazú y Carola María Zambrano (viuda e hija del Sr. Rafael Eudoro Zambrano) y FLENI (en la causa acumulada).
¿A quién se demanda?
OMINT S.A. de Servicios (empresa de medicina prepaga).
- Objeto de la demanda: acción de daños y perjuicios por falta de cobertura de rehabilitación tras ACV del Sr. Zambrano (internación y tratamientos en Instituto Fleni y facturas reclamadas por FLENI); se reclamó reintegro de gastos (daño emergente), daño moral, daño punitivo, intereses y costas.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): El Tribunal rechazó las quejas b) y d) de la apelación de la demandada y declaró desiertas las quejas a), c), e), f), g), i) y j); modificó parcialmente la sentencia de grado disponiendo que: (a) los intereses sobre $1.153.781,81 (daño emergente en causa 7389/2015) se computen desde el 9.4.2015; (b) los intereses sobre $620.478,05 (reconocidos a FLENI en causa 5487/2018) se calculen desde el 25.2.2025; (c) se admite el daño punitivo reclamado por las actoras y se fija su monto en $1.000.000; y las costas de Alzada se imponen a la demandada, OMINT. Además, declaró mal concedido el recurso de OMINT respecto de la imposición de costas en la causa 5487/2018 por no generarle gravamen.
- Fundamentos principales (textos transcripos literales relevantes):
"La llamada litis contestatio o ‘relación procesal’ constituye el fundamento y principio del juicio... el segundo delimita el thema decidendum y concreta los hechos sobre los que deberá versar la prueba (artículo 356 ...), quedando de tal modo precisado el ámbito en que ha de moverse la sentencia..." (considerando sobre inadmisión de agravios no oportunamente planteados).
"En consecuencia, su reticencia a cubrir el costo de rehabilitación en el Instituto Fleni Escobar constituyó una negativa de cobertura en el marco de la recuperación de un accidente cerebrovascular sufrido hacía menos de dos meses." (fundamento para admitir daño punitivo).
"Por lo tanto, expreso mi voto en el sentido de admitir la procedencia del daño punitivo reclamado. En cuanto a su cuantía, la estimo prudencialmente en la suma de $1.000.000 (un millón de pesos) ... El monto antedicho llevará intereses a partir de los diez días contados desde la notificación de este pronunciamiento, y serán liquidados hasta el efectivo pago a la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina..." (determinación del quantum y tasa).
"En consecuencia, corresponde establecer que los intereses de las sumas reconocidas a las Sras. Adriana María Ruíz Guiñazú y Carola María Zambrano se deben computar desde la fecha de celebración de la mediación (9.4.2015) ... Por otro lado, los intereses de la causa acumulada (N° 5487/2018) deben calcularse desde el dictado de la sentencia de grado (25.2.2025), toda vez que OMINT no fue parte en dicho proceso..." (fundamento para modificación parcial sobre intereses).
- Disidencias: No consta voto en disidencia relevante; el Acuerdo indica adhesiones y el bloque dispositvo es el que prevalece.
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