SERVIAN, ALAN DAMIAN c/ E.N. - MINISTERIO DE SEGURIDAD - PFA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Reclamó un agente de la PFA el carácter remunerativo y bonificable de suplementos por Zona y por Función Policial Operativa. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia en lo esencial —reconociendo el carácter remunerativo y bonificable del Suplemento Zona— y sólo modificó la decisión de primera instancia en el punto de las costas, imponiéndolas por su orden.
¿Quién es el actor?
Alan Damián Servian.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina).
- Objeto de la demanda: Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los suplementos percibidos por el personal policial —específicamente por “Zona” y por “Función Policial Operativa”— creados por Decreto 380/2017 y modificatorios (y reclamados desde el 16/08/2020).
¿Qué se resolvió?
Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia únicamente en lo que respecta a las costas, imponiéndolas por su orden, y se confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que fue motivo de agravios (es decir, se confirmó el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable del Suplemento “Zona” y el rechazo del reclamo respecto del Suplemento por Función Policial Operativa en los términos analizados).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que, en efecto tanto la prueba producida en autos –de la que hace mérito el dictamen-, como la obrante en las distintas causas en trámite ante el Tribunal y en las que se debate la misma cuestión que en el sub lite, ponen de manifiesto el carácter generalizado con el que se otorgan los suplementos creados por el decreto 380/2017. En este sentido, vale precisar que la propia Policía Federal informó en otros expedientes que los suplementos mencionados eran pagados a más del 91% del personal policial en actividad (...)."
"La cuestión debatida en el pleito consiste en determinar si los suplementos por 'función policial operativa' y por 'función técnica de apoyo' incorporados al decreto reglamentario de la ley 21.965 por el decreto 380/2017 fueron creados o liquidados con carácter general al personal en actividad de la Policía Federal Argentina y, por lo tanto, deben considerarse como acordados en concepto de sueldo…. La demandada no ha demostrado que la percepción generalizada de los suplementos mencionados dependía del cumplimiento de una función determinada y no del mero hecho de ser policía."
"Entiendo oportuno aclarar que el fallo de la CSJN 'PICONE' de fecha 4 de octubre de 2022 no es aplicable a la presente causa atento a que resuelve cuestionamientos acerca de la incorporación del suplemento por 'zona' creado por Resolución del Ministerio de Defensa 1459/93 aplicable a las Fuerzas Armadas; mientras que en los presentes obrados se reclama el suplemento por zona creado por Decreto 380/17 aplicable a la Policía Federal."
"Es por lo antedicho que considero que corresponde rechazar el agravio de la parte actora en lo tocante a este punto y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada."
"Si bien [la regla general es que] las costas deben imponerse al vencido..., la ley también faculta al Juez a eximirla, en todo o en parte... Es por lo expuesto que considero que las costas deben imponerse, tal como lo solicita la parte demandada, por su orden en virtud que, conforme el resultado arribado, se dan las pautas previstas en el art. 68, segunda parte y el art. 71 del CPCCN."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; los tres magistrados votaron en idéntico sentido.
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