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COSTOYA, CARLOS ALBERTO Y OTRO c/ CONS DE PROP JULIAN ALVAREZ 2372 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios por filtraciones y deterioro del inmueble, reclamando reparación material, incapacidad psicológica y daño moral. La Cámara Civíl elevó la indemnización por incapacidad psicológica de Ángela Piacquadio a $1.000.000 y el daño moral a $400.000 para cada actor, confirmando lo demás de la sentencia apelada.

Danos y perjuicios Filtraciones Pericia arquitectonica Pericia medica Incapacidad psicologica Dano moral Reparacion integral Costas de alzada Honorarios Camara civil


¿Quién es el actor?

Carlos Alberto Costoya y Ángela Piacquadio.

¿A quién se demanda?

Consorcio de Propietarios de la calle Julián Álvarez 2372 (y citada en garantía).
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de filtraciones/humedades en el departamento (daños materiales, incapacidad sobreviniente —física y psicológica—, daño moral, gastos médicos y de farmacia).

¿Qué se resolvió?

Se elevó a $1.000.000 la suma otorgada a Ángela Piacquadio por incapacidad psicológica sobreviniente y a $400.000 la suma otorgada en concepto de daño moral para cada uno de los accionantes. En lo demás, la sentencia de primera instancia se confirmó; se impusieron las costas de alzada a la parte demandada y se diferió la adecuación de honorarios hasta la liquidación definitiva. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) “A partir de lo antes expuesto, a mi modo de ver, el dictamen aparece como correctamente fundados, por lo que estaré a sus conclusiones.” (sobre la pericia de arquitectura y su valoración probatoria). 2) “Concluyó que la Sra. Piacquadio presenta una incapacidad parcial y permanente del 20%, según el Baremo para el Fuero Civil de los Dres.Altube-Rinaldi... Por lo tanto, el dictamen aparece como correctamente fundado. Así las cosas, tengo en cuenta que la Sra. Piacquadio a la fecha de los hechos tenía 68 años de edad y era jubilada... En orden a ello, considero que las sumas otorgadas son reducidas, por lo que propondré al acuerdo que se eleven a $ 1.000.000 para responder por la incapacidad psicológica para Ángela Piacquadio.” (valoración del perito médico-legista y propuesta de incremento). 3) “Fácil es imaginarse las molestias generadas por las filtraciones, así como los padecimientos sufridos como consecuencia de éstas. Ello así, indudablemente debió haber provocado en la actora sentimientos de angustia e impotencia que deben ser reparados... por lo que propondré al Acuerdo su elevación a $ 400.000 para cada uno de los accionantes.” (fundamentación para la elevación del daño moral).
- Disidencias: no existen votos en disidencia; los tres jueces votaron en el mismo sentido (el voto del Dr. Fajre expone la propuesta que luego integra el acuerdo y fue adherida por las Dres. Sorini y Li Rosi).

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