Logo

S, N A c/ SANCOR SALUD s/AFILIACIONES

Amparo por reafiliación y cobertura integral del tratamiento oncológico contra Sancor Salud. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia en lo esencial y sólo modificó la regulación de intereses sobre los honorarios: ordenó que solo corresponderán adicionarse los intereses de la tasa pasiva a los honorarios regulados en caso de mora.

Amparo Reafiliacion Cobertura oncologica Medicina prepaga Falseamiento Uma Intereses Tasa pasiva Costas Ley 27.423


¿Quién es el actor?

S., N. A. (Sra. N. A. S.)

¿A quién se demanda?

Sancor Salud (Asociación Mutual Sancor / Sancor Salud)
- Objeto de la demanda: acción de amparo para obtener reafiliación bajo las condiciones pactadas al momento de la afiliación y cobertura integral del tratamiento oncológico por diagnóstico de cáncer de mama.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo (reafiliación y cobertura integral) en todo lo demás y, por mayoría, se modificó la resolución apelada exclusivamente en lo relativo a la aplicación de intereses sobre los honorarios regulados, disponiéndose que "sólo corresponderán adicionarse los intereses de la tasa pasiva a los honorarios regulados, en caso de que la condenada al pago incurra en mora (art. 54 de la ley arancelaria)". Se impusieron las costas de la Alzada al orden causado y se reguló honorarios para la letrada de la demandada en el 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Por consiguiente, considero que resulta atendible el agravio planteado por la demandada, pues, en virtud de la ambigüedad del párrafo transcripto, da motivo a duda o confusión respecto de si el juez manda a adicionar intereses compensatorios a los honorarios regulados, además de los que eventualmente pueden corresponder por incurrir en mora el condenado en costas." "II.
- En función de lo expuesto, corresponde modificar la Resolución dictada con fecha 20/02/2025 por el señor Juez Federal Subrogante N° 1 de esta ciudad y en consecuencia, disponer que sólo corresponderán adicionarse los intereses de la tasa pasiva a los honorarios regulados, en caso de que la condenada al pago incurra en mora (art. 54 de la ley arancelaria). Confirmar la resolución apelada en todo lo demás que decide y ha sido materia de agravios. Las costas de esta Alzada se imponen en el orden causado, en función del resultado obtenido y la falta de contradictorio (art. 68 segunda parte del CPCCN). Se regulan honorarios a la letrada de la demandada en el porcentaje del 30% de lo regulado en la instancia anterior (art. 30, ley 27.423)."
- Disidencias: No hubo disidencia mayoritaria; las modificaciones referidas resultaron por mayoría y la confirmación del resto fue por unanimidad.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar