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GOMEZ RUIZ, TERESA ALEJANDRA c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la aplicación del impuesto a las ganancias sobre jubilaciones; la Cámara Federal de Córdoba confirmó el proveído de primera instancia que negó la exención de la tasa de justicia y el diferimiento del aporte a la Caja de Abogados por considerar que la cuestión es de naturaleza tributaria y no previsional.

Accion declarativa de inconstitucionalidad Tasa de justicia Impuesto a las ganancias Jubilaciones Exencion Diferimiento caja de abogados Costas Cpccn art. 68 Afip Camara federal de cordoba


¿Quién es el actor?

Gómez Ruiz, Teresa Alejandra.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) / Estado Nacional.
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad respecto de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre jubilaciones y pedido de exención del pago de la tasa de justicia y diferimiento del aporte a la Caja de Abogados.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el proveído de fecha 8 de abril de 2021 dictado por el Juzgado Federal N°2 de Córdoba en todo lo que decide y fue motivo de agravios; se impusieron las costas en el orden causado por falta de contradictorio, y se recordó al Juzgado de primera instancia la obligación de verificar la inexistencia de deuda por tasa de justicia y la integración total de la misma al determinarse montos en ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): 1) "La normativa citada prevé en su art. 13 inc. f) la exención para las actuaciones motivadas por jubilaciones, pensiones y devolución de aportes, como también el cobro de aportes, contribuciones y obligaciones de la seguridad social. Trasladando dichos lineamientos al caso de marras, advierto que la pretensión de la actora no enmarca en los supuestos allí previstos..." 2) "la pretensión que motiva la presente acción persigue la exención de la actora respecto del impuesto a las ganancias por considerar que en su situación particular la norma deviene contraria a la constitución, por lo que la materia debatida en el presente proceso no versa sobre una cuestión previsional en sentido estricto, sino que remite al ámbito tributario." 3) "En consecuencia, al discutirse en las presentes actuaciones la inconstitucionalidad de una normativa, la presente acción no se encuentra exenta del pago, ya que la cuestión versa sobre la inconstitucionalidad de un tributo, el cual aún se encuentra vigente..." 4) Voto de cierre / acuerdo: "Por lo tanto, entiendo que corresponde confirmar el proveído de fecha 8 de abril de 2021 dictado por el señor Juez Federal N° 2 de Córdoba, en todo lo que decide y ha sido motivo de agravios. Imponer las costas de la presente instancia en el orden causado atento la falta de contradictorio (art. 68, 2° parte del C.P.C.C.N), difiriéndose la regulación de honorarios que corresponda para su oportunidad."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres jueces votaron en sentido coincidente y el acuerdo confirmó el proveído de grado.

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