NIÑO CARDENAS, MIGUEL ANDRES s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
El solicitante requirió la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía al comprobarse fehacientemente los antecedentes e identidad y emplazó al interesado a su identificación en el plazo de un año, ordenando comunicaciones a Migraciones y el RENAPER.
¿Quién es el actor?
NIÑO CARDENAS, MIGUEL ANDRES.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (trámite judicial de naturalización ante el Juzgado Federal).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se otorgó la ciudadanía argentina a NIÑO CARDENAS, MIGUEL ANDRES, con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previa prestación del juramento correspondiente; se lo emplazó a identificarse como argentino naturalizado dentro del plazo de un año; y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
Dispositivo: "Otorgar la Ciudadanía Argentina a 'NIÑO CARDENAS, MIGUEL ANDRES', con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación." Asimismo, "Emplazar al solicitante para que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año..." y "Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional."
(No existen votos en disidencia en el expediente.)
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