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GAINUTDINOVA, DARIA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Daria Gainutdinova. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina por naturalización, constando que se acreditaron los extremos legales y ordenándose la identificación y las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y Cámara Nacional Electoral.

Carta de ciudadania Naturalizacion Ley 24.533 Identidad Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Juramento de lealtad Juzgado federal de cordoba Otorgamiento de ciudadania Resolucion administrativa-judicial


¿Quién es el actor?

GAINUTDINOVA, DARIA.

¿A quién se demanda?

(procedimiento de naturaleza administrativa/judicial contra el Estado para obtención de la Carta de Ciudadanía) — no se individualiza una parte demandada distinta en el expediente.
- Objeto de la demanda: Solicitud de otorgamiento de la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización. La peticionante manifestó haber nacido en Bratsk, Provincia Irkutsk, Rusia, el 04/06/1995; identificó progenitores y aportó documentación personal y DNI para extranjeros N° 96.431.508; reside en Ciudad de Córdoba.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud: se otorgó la ciudadanía argentina a Daria Gainutdinova, con todos los derechos y deberes legales, previo juramento solemne; se la emplazó a identificarse en el plazo de un año para extenderle la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución; se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral; y se instruyó el registro y las demás comunicaciones de ley.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): I) "Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." II) "Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente.

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