OROPEZA MOLINA, PEDRO MIGUEL s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Pedro Miguel Oropeza Molina. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina por naturalización y emplazó al solicitante a identificarse dentro del plazo de un año, ordenando las comunicaciones administrativas correspondientes.
¿Quién es el actor?
OROPEZA MOLINA, PEDRO MIGUEL.
¿A quién se demanda?
No existe parte demandada; se trata de una solicitud de otorgamiento de ciudadanía por naturalización dirigida al Juzgado Federal.
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, acreditando nacimiento en Maracay, Venezuela (22/04/1990), identificación DNI para extranjeros N° 95.823.457, y documentación de identidad y antecedentes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la petición y se otorgó la Ciudadanía Argentina a OROPEZA MOLINA, PEDRO MIGUEL, con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento de lealtad; se emplazó al solicitante a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución; y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
Texto del dispositivo: "RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a 'OROPEZA MOLINA, PEDRO MIGUEL', con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar al solicitante para que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435). 3) Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional. 4) Regístrese, hágase saber y líbrense las comunicaciones de ley."
- No se registran votos en disidencia en el expediente.
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