KOPNOVA, ELENA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía por Elena Kopnova; el Juzgado declaró procedente la concesión de la ciudadanía argentina por reunir los requisitos legales y acreditar arraigo. La resolución ordena la expedición de la carta de ciudadanía y las notificaciones a los organismos correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ELENA KOPNOVA, solicitante de carta de ciudadanía (expte. 14249/2024).
Demandado: No se individualiza un demandado particular en el expediente; se tramita una solicitud de ciudadanía ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 con intervención del Ministerio Público Fiscal.
Objeto: Concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.
Decisión: Se hizo lugar a la petición y se declaró ciudadana argentina a Elena Kopnova, con las condiciones formales de juramento de fidelidad, obligación de enrolarse en el plazo de un año, la remisión de la concesión a su país de origen por la vía pertinente, la advertencia sobre posible pérdida por fraude y la orden de expedir la carta de ciudadanía y oficiar al RENAPER, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, por cuanto se le ha concedido la radicación permanente, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio, habiendo ingresado al país el 19/03/24 (conf. contestación de oficio de la Dirección Nacional de Migraciones obrante en autos). Toda vez que el Sr. fiscal no ha cuestionado el trámite desde que tuvo intervención en el proceso y ponderando que la peticionaria se encuentra comprendida dentro de una de las causales de excepción previstas en el artículo 3, segunda parte, inciso f, del decreto reglamentario 3213/84, debido a que tiene un hijo argentino nacido el 16/05/24 (conf. la documental aportada al inicio del trámite) corresponde tener por acreditado su arraigo a la República Argentina."
"Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
Además, el tribunal dispone en el dispositivo: "Declarar ciudadana argentina a ELENA KOPNOVA... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la sentencia fue dictada por el Juez de Primera Instancia que firma el fallo.
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