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CONTRERAS, SIXTO ANTONIO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO

El actor promovió acción meramente declarativa de derecho contra el Estado Nacional y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por la aplicación del DNU 679/97 y la retención del 11% de aportes. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del DNU 679/97, ordenó el reajuste del aporte del 11% al 8% y la devolución de las diferencias desde el 1/11/2020 con intereses; además impuso las costas a la demandada.

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¿Quién es el actor?

Sixto Antonio Contreras.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (CRJPPF).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de derecho para que se declare la inconstitucionalidad del DNU 679/97 que elevó al 11% los aportes previsionales del personal de Gendarmería/Policía Federal, se ordene el reajuste al 8% (según Decreto Ley 22.788) y la devolución de las diferencias retenidas desde el 1/11/2020 con la adición de intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Córdoba, Sala B, por unanimidad, confirmó la sentencia de fecha 18/03/2025 dictada por el Juez Federal N°3 de Córdoba en todo lo decidido y motivo de agravios; impuso las costas de la alzada a la demandada; no reguló honorarios por las razones indicadas; y dejó encomendadas al Juzgado de primera instancia las verificaciones sobre tasa de justicia en ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La sentencia ordena al organismo abstenerse de aplicar el aumento del porcentaje de aportes previsionales establecido por el Decreto 679/97 y restituir las sumas descontadas por encima del 8% (determinado por el Decreto Ley 22.788). Además, declara la inconstitucionalidad del Decreto 679/97." "La CSJN se pronunció sobre la temática debatida en los autos: 'Pino, Seberino y otros c/Estado Nacional
- Ministerio del Interior
- S/ Personal Militar y Civil de la F.F.AA y de SEG' (sentencia del 07/10/21), en los que declaró la inconstitucionalidad del DNU 679/97..." "Consecuentemente, una cuestión se torna insustancial cuando una clara jurisprudencia, indudablemente aplicable a ella, impide toda controversia seria respecto de su solución (Fallos: 304:133)." "En razón de lo expuesto, corresponde confirmar la Sentencia dictada con fecha 18 de marzo de 2025 por el señor Juez Federal N° 3 de Córdoba, en todo lo que decide y ha sido motivo de agravios. Las costas de esta instancia se imponen a la demandada..."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; las Dres. Navarro y Montesi votaron en idéntico sentido al voto preopinante.

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