GRIBAUDO, FLAVIO EZEQUIEL c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEG. - P.F.A. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Demanda por incorporación de suplementos salariales de la PFA como remunerativos y bonificables. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y declaró remunerativos y bonificables los suplementos previstos en los Decretos 2744/93, 2140/13 y 380/17, imponiendo costas a la recurrente.
¿Quién es el actor?
FLAVIO EZEQUIEL GRIBAUDO.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Se reclamó la inclusión en el haber mensual como remunerativas y bonificables de las sumas percibidas por decretos (Decreto 2744/93 y sus actualizaciones; Decreto 2140/13; y suplementos por “Función Policial Operativa” y por “Zona” del Decreto 380/2017), con reconocimiento retroactivo y liquidación de montos e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de fecha 30/06/2025 dictada por el Juzgado Federal N°2 de Córdoba que hizo lugar a la demanda del actor, ordenando la incorporación y liquidación de los suplementos como remunerativos y bonificables (con las precisiones temporales indicadas en la sentencia de grado), imponiendo las costas de la Alzada a la recurrente y regulando honorarios a favor de la representación del actor en el 35% de lo que se regule en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Siendo así, corresponde estar en este punto a la obligatoriedad de dicha resolución en los términos del art. 303 del C.P.C.C.N. En tal sentido y en relación al tema, este Tribunal coincide con lo expuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Torres' (Fallo 321:619), el que es conteste en señalar que los suplementos generales tienen carácter salarial. Así, cabe puntualizar que '…este suplemento que nació como particular al convertirse en general, por el modo en que ha sido pagado, integra el haber mensual o sueldo básico, como lo denomina el texto normativo supra citado.'"
"En atención a lo expuesto, concluyo que la sentencia impugnada debe confirmarse en cuanto reconoce el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos establecidos por el Decreto 2140/13 y su actualización hasta el dictado del Decreto 380/2017 del 30/05/2017 (publicado en el Boletín Oficial el 31/05/2017)."
"Es por ello, que teniendo en cuenta los antecedentes jurisprudenciales, recibos de haberes adjuntados por la parte actora y prueba rendida, se desprende que los suplementos por 'Zona' y 'Función Operativa', instituidos por el Decreto 380/2017, no son meramente sumas accesorias o adicionales. Son de carácter general, toda vez que la totalidad del personal policial que se desempeña en la fuerza los percibe y representan una parte sustancial con relación al 'haber mensual' definido en la ley que rige la materia, por lo que negarles el carácter de 'bonificables' configuraría una evidente desnaturalización del haber. Por ello, cabe concluir que corresponde rechazar el recurso de apelación en este punto y confirmar lo resuelto en lo que hace a este punto..."
"Adelanto opinión en el sentido que corresponde el rechazo del agravio de la quejosa... corresponde acertado fijar al respecto el interés de la tasa activa cartera general nominal anual vencida con capitalización cada 30 días del BNA desde que las sumas son debidas y hasta el efectivo pago..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres vocales votaron en idéntico sentido.
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