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FRONTERA, EDTIH LILIAN Y OTRO c/ PROTECCION MUTUAL DE SEG DEL TRANSP PUBLICO DE PASAJERO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Reclamaron daños y perjuicios por un choque protagonizado por un colectivo urbano y se pidió la responsabilización de la empresa demandada y su aseguradora. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de grado y condenó a Andrade Empresa de Transporte de Pasajeros SRL (y a la Protección Mutual en los términos del seguro) al pago de $15.560.453, con costas y regulación de honorarios.

Accidente de transito Responsabilidad por riesgo creado Indemnizacion Dano psicofisico Dano moral Danos materiales Peritaje mecanico Costas Honorarios Apelacion


¿Quién es el actor?

Edith Lilian Frontera (con coactor Gastón Ariel Speranza).

¿A quién se demanda?

Andrade Empresa de Transporte de Pasajeros SRL; citada en garantía: Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios materiales, incapacidad psicofísica, daño psicológico, lucro cesante, gastos y privación de uso derivados de un siniestro vial ocurrido el 21/9/2018.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia apelada y se hizo lugar a la demanda. Andrade deberá abonar en total $15.560.453 (con detalle: $14.600.000 para Frontera y $960.453 para Speranza), más intereses en los términos del fallo, en el plazo de 10 días; la condena se hace extensiva a la aseguradora conforme al contrato de seguro. Se impusieron costas de ambas instancias a los vencidos y se adecuaron honorarios y retribuciones periciales y de mediación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Todo lo expuesto me persuade para apartarme en esta oportunidad de la valoración efectuada en la instancia anterior. Por ello, prescindiré de la declaración del Sr. Albornoz y daré preminencia al testimonio de Carrizo." "En definitiva, probado el contacto con la cosa de la cual provino el riesgo, y por esa razón, acreditada la participación del microómnibus interno Nº 46 dominio IEX25 en el hecho que se ventiló, la acción debe prosperar." "Por todo lo expuesto, corresponde hacer lugar a los agravios de los apelantes y, en consecuencia, revocar la sentencia apelada, haciendo lugar a la demanda entablada por la parte actora contra Andrade Empresa de Transporte de Pasajeros SRL, la que se hace extensiva a Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros en los términos del contrato de seguro y conforme el límite invocado de $30.000.000."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; los Dres. Díaz Solimine y Trípoli adhirieron al voto del Dr. Converset.

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