PAMPA FLORES, PAULA Y OTRO c/ OUBIÑA, ELVIRA MARIA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Recurso de daños y perjuicios por muerte por inhalación de monóxido de carbono. La Cámara aumentó a $5.000.000 el rubro “valor vida” a favor de Guillermo Flores Mamani y confirmó el resto de la sentencia recurrida, imponiendo costas y dejándose sin efecto regulaciones de honorarios de grado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Paula Pampa Flores y Guillermo Flores Mamani.
Demandado: Elvira María Oubiña (hoy sus herederos) y Ricardo A. Ferrari (corredor inmobiliario).
Objeto: Daños y perjuicios derivados del fallecimiento por intoxicación por monóxido de carbono de la hija y nieto de los actores ocurrido el 25/06/2017; entre otros rubros, “valor vida”, daño psicológico y daño moral.
Decisión: Se accedió parcialmente al recurso de apelación incrementando a Pesos Cinco Millones ($5.000.000) la suma fijada a favor de Guillermo Flores Mamani en concepto de “valor vida”; se confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que fue materia de agravios no atendidos; se impusieron las costas de Alzada conforme al detalle en la parte resolutiva; y se dejaron sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia de grado respecto de las tareas efectuadas en torno a la acción que en definitiva prosperó.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En consecuencia, teniendo en cuenta dichos parámetros, entiendo que la suma fijada por esta partida resulta un tanto reducida y por ello propongo al Acuerdo elevarla a Pesos Cinco Millones ($5.000.000)."
"Respecto a los intereses que devengarán las sumas por las que se admite el reclamo, es indiscutible que la reparación acordada debe ser calificada como una deuda de valor en los términos del artículo 772 del Código Civil y Comercial. ... En tales condiciones, este tribunal sostuvo como regla general a lo largo del tiempo que si una obligación de valor es cuantificada a parámetros monetarios actuales debe fijarse una tasa del 8% anual hasta el momento en el que el crédito quede cristalizado en dinero ..."
"Por lo que resulta de la votación que instruye el acuerdo que antecede, el tribunal RESUELVE: I) aumentar a Pesos Cinco Millones ($5.000.000) la suma fijada a favor de Guillermo Flores Mamani en concepto de “valor vida”, II) confirmer la sentencia en todo lo demás que fue motivo de no atendibles quejas, III) imponer las costas de Alzada del siguiente modo: ... y IV) en atención a lo precedentemente decidido, de conformidad con lo dispuesto por el art. 279 del Código Procesal y el art. 30 de la ley 27.423, déjense sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia de grado respecto de las tareas efectuadas en torno a la acción que en definitiva progreso."
- Votos / discrepancias: Los tres jueces (Dra. Guisado, Dr. Rodríguez y Dra. Iturbide) votaron en igual sentido; no se registra disidencia en el acuerdo final.
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