ABDRAKHMANOV, ELDAR s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía: se otorgó la nacionalidad argentina a Eldar Abdrakhmanov. El Juzgado declaró acreditados los requisitos constitucionales y legales, ordenó expedir la carta de ciudadanía y comunicó la concesión a los organismos pertinentes, advirtiendo la obligación de enrolarse en el plazo de un año.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ELDAR ABDRAKHMANOV, solicitante de carta de ciudadanía.
Demandado: No corresponde; trámite administrativo judicial para concesión de ciudadanía.
Objeto: Concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía (expte. 25597/2024).
Decisión: Se hace lugar a la solicitud y se declara ciudadano argentino a Eldar Abdrakhmanov (nacido el 03/09/1998 en Moscú), con la exigencia de prestar juramento de fidelidad a la Nación y de inscribirse/enrolarse dentro del plazo de un (1) año, y se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones; además se comunicó la concesión a la Corte Suprema (ver puntos 1 a 4 del dispositivo).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. A su vez el Sr. fiscal no ha cuestionado el trámite desde que tuvo intervención en el proceso y ponderando que el peticionario se encuentra comprendido dentro de una de las causales de excepción previstas en el artículo 3, segunda parte, inciso f, del decreto reglamentario 3213/84, debido a que tiene un hijo argentino nacido el 10/11/2024 (conf. la documental aportada al inicio del trámite) corresponde tener por acreditado su arraigo a la República Argentina." "II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," y el dispositivo: "1.
- Declarar ciudadano argentino a ELDAR ABDRAKHMANOV... siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina... haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)." No hubieron votos en disidencia relevantes en la causa.
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