C, M L c/ OSPRERA s/PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS
El actor promovió amparo contra OSPRERA solicitando cobertura integral (100%) de Factor VIII para profilaxis por Hemofilia A. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de grado y ordenó la provisión continua, adecuada, oportuna e ininterrumpida del Factor VIII, confirmando lo demás y aplicando costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
C.M.L.
¿A quién se demanda?
Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA).
- Objeto de la demanda: solicitud de cobertura integral (100%) de Factor VIII para profilaxis, conforme prescripción médica, y demás prestaciones médicas e insumos relacionados; pedido de medida cautelar para provisión urgente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de fecha 06/02/2024 para ordenar la provisión del medicamento Factor VIII para profilaxis garantizando cobertura integral (100%) de manera adecuada, oportuna, continua e ininterrumpida; confirmó la sentencia en todo lo demás; y condenó en costas a la demandada, regulando honorarios (actora 35% y demandada 30% en relación con lo regulado en primera instancia).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Que si bien la demandada dio cumplimiento a la medida cautelar, del informe circunstanciado del artículo 8 surge que la auditoría de OSPRERA sugiere que por la edad del actor la provisión de la medicación lo sea 'a demanda' de conformidad con lo dispuesto por la Resolución 263/2019 Hemofilia M.S."
"En consecuencia, la omisión que la parte actora mencionó, en consignar expresamente en la parte resolutiva la provisión de tipo continua de la medicación Factor VIII, resulta atendible."
"Asimismo, y a mayor abundamiento, cabe referir que todo lo hasta aquí relatado demuestra que no estamos ante una 'condena de futuro indeterminada' como intenta hacerlo creer la demandada al contestar agravios, sino que estamos frente a un tratamiento actual, crónico y específico (profilaxis de hemofilia A), médicamente prescripto, que exige regularidad (v.gr., varias veces por semana), cuya interrupción conlleva riesgo grave e irreparable."
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio final.
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