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Legajo Nº 5 - QUERELLANTE: SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS, MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y OTROS IMPUTADO: MAIDANA, JOSÉ ANTONIO s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA

Incidente por prórroga de prisión preventiva contra José Antonio Maidana. La Cámara Federal de Bahía Blanca, por mayoría, prorrogó la prisión preventiva por seis meses desde su vencimiento (22/11/2025) o hasta la sentencia, fundando la decisión en la etapa final del debate, la complejidad del proceso y el riesgo de fuga/entorpecimiento.

Prorroga prision preventiva Ley 24.390 Riesgo de fuga Entorpecimiento Megacausa ayala Etapa final del debate Acosta Castillo (csjn) Ministerio publico fiscal Arresto domiciliario


- Actor (quien solicitó la medida): Ministerio Público Fiscal (solicitó la prórroga de prisión preventiva).
- Demandado / imputado: José Antonio Maidana.
- Objeto de la demanda: Pedido de prórroga de la prisión preventiva en el marco del legajo de prórroga de prisión preventiva vinculado al debate oral de la "Megacausa Ayala".

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se acordó prorrogar la prisión preventiva de José Antonio Maidana por el término de seis meses a contar desde su vencimiento —22 de noviembre de 2025— o hasta el dictado de la sentencia de juicio, lo que ocurra primero; y se ordenó comunicar la prórroga a la Cámara Federal de Casación Penal y al Consejo de la Magistratura.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original del tribunal): 1) "En consecuencia, y teniendo en consideración los términos del resolutorio de fecha 8 de mayo de 2025 –el que se encuentra firme– es que resulta pertinente mantener la medida coercitiva fijada conforme se dispusiera y por los fundamentos ya brindados, a los cuales corresponde remitirse por razones de brevedad." 2) "De esta manera, analizada la cuestión bajo los parámetros de los artículos 221 y 222 del CPPF, advertimos, primeramente, que persiste el peligro de fuga teniendo en cuenta el riesgo de elusión existente en virtud de la gravedad de los hechos imputados y de la pena en expectativa conforme la calificación legal de los mismos (art. 221, inc. b del CPPF)." 3) "En orden a lo expuesto y a lo ya referenciado en cuanto a la realización de ciento cincuenta y dos audiencias ininterrumpidas del debate oral, como así también la celeridad que se le está imprimiendo y la etapa final de los alegatos en que se encuentra, resulta razonable y coherente continuar con la medida de coerción impuesta para asegurar la finalización de aquél."
- Disidencia relevante (Dr. Sebastián Foglia, en disidencia): el Dr. Foglia votó por el rechazo de la prórroga y el cese de la prisión preventiva. Entre sus párrafos más significativos: 1) "En el mencionado fallo 'Castillo', la Corte Suprema profundiza el análisis establecido previamente en 'Acosta' ... que me lleva a propiciar el rechazo de la prórroga y el cese de la prisión preventiva del encausado." 2) "La continuidad de la prisión preventiva por más de 9 años solo sería admisible si se demuestra, con un rigor argumentativo extremo y basado en circunstancias concretas y no dogmáticas, que la medida es indispensable para asegurar los fines del proceso (peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación)." 3) "Por lo expuesto ... corresponde -a mi criterio
- disponer el cese de su prisión preventiva respecto de esta causa, sin perjuicio de que continuará detenido ... por disposición de otra autoridad jurisdiccional en la causa en trámite informada. El cese debe otorgarse sujeto a medidas mínimas, de menor rigor, como las establecidas en el art. 210 inc. c., d y e."

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