ANSCHUTZ, SUSANA MARTHA c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió acción contra la AFIP por la aplicación del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales y solicitó la declaración de inconstitucionalidad con reintegro de lo descontado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal – Sala III rechazó el recurso de la AFIP y confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad y ordenó el reintegro desde la interposición de la demanda.
¿Quién es el actor?
Susana Martha Anschutz.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Se impugnó la aplicación del impuesto a las ganancias y/o del impuesto sobre los mayores ingresos a los haberes previsionales del actor; se solicitó la declaración de inconstitucionalidad y el reintegro de lo descontado.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la AFIP y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del impuesto aplicado a los haberes previsionales de la actora y ordenó el reintegro de las sumas descontadas desde la interposición de la demanda, más sus intereses. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"III
- Que las cuestiones planteadas en los agravios resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Sala en su actual integración en la sentencia de fecha 21 de mayo de 2024 recaída en la causa “WALTER, LUIS ANTONIO C/AFIP-DGI S/PROCESO DE CONOCIMIENTO” (expte. nro.39615/20). ... Allí también se expresó que el fondo de la cuestión debe ser considerado a la luz de las definiciones formuladas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “García” (Fallos: 342:411), en el que se declaró la inconstitucionalidad de las disposiciones de la ley 20.628 ... advirtiendo que el envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad, remarcando el “deber del legislador de estipular respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables, con el objeto de asegurarles el goce pleno y efectivo de todos sus derechos” (cfr. considerando 14 del fallo citado)..."
"IV
- Que, examinados los agravios a la luz de las pautas brindadas en los puntos precedentes, corresponde rechazar el recurso impetrado y confirmar la sentencia apelada."
"V
- Que las costas de esta instancia deben ser distribuidas en el orden causado, de conformidad con los parámetros seguidos por el Máximo Tribunal en el precedente “García”, que resultan de aplicación en la especie (cfr. art. 68, segundo párrafo, del CPCCN)."
- Votos en disidencia: No se registra voto en disidencia; el Dr. Sergio Gustavo Fernández votó y el Dr. Jorge Eduardo Morán suscribió el acuerdo conforme la Acordada 3/25.
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