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CHAVEZ SANTILLAN, EDGAR ALEJANDRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamó el actor el reconocimiento del suplemento “Alta Dedicación Operativa” (PADO) establecido por el decreto 380/2017 como remunerativo y bonificable. La Cámara hizo lugar al recurso del Estado Nacional, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, aplicando los mismos fundamentos que en la causa Ramos (69.186/2022) sobre el carácter no remunerativo del PADO.

Pado Decreto 380/2017 Remuneratividad Bonificabilidad Estado nacional Policia federal argentina Recurso de apelacion Rechazo de la demanda Costas Precedente ramos 69.186/2022


¿Quién es el actor?

CHÁVEZ SANTILLÁN, EDGAR ALEJANDRO.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina (PFA).
- Objeto de la demanda: Petición de reconocimiento del suplemento por “Alta Dedicación Operativa” (PADO) —decreto 380/2017— como remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso interpuesto por el Estado Nacional, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda. Se impusieron las costas en ambas instancias en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I. Las cuestiones planteadas con relación al suplemento por “Alta Dedicación Operativa” (PADO) establecido por el decreto 380/2017 resultan sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala —en su actual integración— en la causa 69.186/2022, “Ramos, José Luís Ramón c/ EN -Mº Seguridad
- PFA-Dto 2744/93 380/17 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg”, sentencia del 2/7/2024, en la que se denegó su carácter remunerativo y bonificable. De tal modo, resultan de aplicación —en lo pertinente— los fundamentos allí vertidos y la decisión allí adoptada, a los cuales cabe remitirse a fin de evitar innecesarias reiteraciones." "II. Con relación a las costas, las que deben ser readecuadas en atención al modo en que se decide (arg. artículo 279 del CPCCN) se hacen extensivos al caso los fundamentos expuestos por este Tribunal y la Sala IV del Fuero en las causas 14.551/2009, “Zapiola Macnab, Rodolfo José y otros c/ EN-Mº Justicia – PFA – Dto 2744/93 884/08 s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg” y 39.326/2013, “Capelli, Eduardo Luis y otros c/ EN-Mº Defensa – Ejército s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg” (sentencias del 27/10/2011 y 27/9/2016, respectivamente). Por lo tanto, corresponde distribuir las costas de ambas instancias en el orden causado (artículo 68, segundo párrafo, del CPCCN)."
- Disidencias: No consta votación en disidencia en el bloque resolutivo final; la decisión que vale es la expresada en la parte resolutiva transcripta.

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