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Z, I. C. c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986

Amparo contra PAMI por cobertura de internación en establecimiento “Convivencias”. La Cámara Federal de Mar del Plata declaró desierto el recurso de apelación respecto del fondo, confirmó la imposición de costas a la demandada y modificó la regulación de honorarios de primera y segunda instancia conforme a la ley 27.423 y Resol. SGA aplicables.

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¿Quién es el actor?

Z., I. C. (amparista).

¿A quién se demanda?

PAMI (INSSJP / agente de salud).
- Objeto de la demanda: Amparo (ley 16.986) para obtener cobertura integral, al 100%, del costo de la internación en el establecimiento “Convivencias” en los términos médicos prescriptos.

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada respecto de la cuestión de fondo; se confirmó la sentencia de grado en cuanto a la imposición de costas (art. 14 Ley 16.986); se redujeron los honorarios del patrocinante de la actora a 23 UMA ($1.258.468) y se regularon los emolumentos de la apoderada de la demandada en la Alzada en 6 UMA ($483.984). No se regularon emolumentos para el letrado de la actora por falta de actuación en Alzada. Con costas de Alzada a la recurrente.
- Fundamentos principales (textos transcritos): 1) "las manifestaciones allí formuladas adolecen -en mi criterio
- de una marcada insuficiencia impugnativa, pues el art. 15 de la ley ritual impone a la recurrente la carga procesal de fundar su postura efectuando una crítica concreta y razonada de las partes de la sentencia que considera equivocadas." 2) "las alegaciones formuladas a fs. 54/58, no son más que una crítica genérica a la resolución impugnada...de donde dimana la orfandad argumentativa del mismo...analizadas incluso con el criterio amplio con que corresponde examinarlas, entiendo que dichas alegaciones no constituyen sino meras discrepancias con lo resuelto, por lo que debe declararse desierto el recurso." 3) "El art. 14 de la ley de amparo contiene como regla general el principio objetivo de la derrota como fundamento de la imposición de costas... En suma, considero que las circunstancias que gravitaron en la causa no justifican la exención de aplicación del principio general en materia de costas, por lo que propongo confirmar el decisorio atacado en cuanto impone las costas al agente de salud accionado." 4) Sobre honorarios: "corresponde acoger parcialmente el recurso articulado, y en consecuencia, reducir los estipendios profesionales del Dr. Carlos H. Sastre ... a 23 U.M.A. ... con aplicación de la Res SGA 1772/2024."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; el Dr. Tazza adhirió al voto del Dr. Jiménez.

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