Logo

PEDULLA, HORACIO MARCOS c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor demandó a la AFIP pidiendo el cese de retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales y el reintegro de las sumas retenidas. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia: ordenó el cese de las retenciones, el reintegro dentro del plazo quinquenal con intereses según las resoluciones vigentes y distribuyó las costas por su orden.

Retenciones Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Reintegro Prescripcion quinquenal Intereses Afip/arca Camara contencioso administrativo federal Costas por su orden Precedente garcia


¿Quién es el actor?

Pedulla, Horacio Marcos.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) — actualmente Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
- Objeto de la demanda: Se impugna la retención del Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales y se solicita el cese de esas retenciones y el reintegro de las sumas indebidamente retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de la demandada y se confirmó la sentencia apelada en lo sustancial: se dispone el cese de las retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre los haberes previsionales del actor; se ordena el reintegro de las sumas retenidas por los períodos no prescriptos conforme al plazo quinquenal del art. 56 in fine de la ley 11.683 (t.o. 1998), con más los intereses hasta su efectivo pago calculados según las resoluciones 50/2019, 598/2019, 559/2022, 03/2024 (y 199/2025 según su vigencia) y se distribuyen las costas de la instancia por su orden.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que el señor juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda promovida contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (actualmente Agencia de Recaudación y Control Aduanero, en adelante “ARCA”) y, en consecuencia: (i) dispuso el cese de las retenciones en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre los haberes previsionales de la parte actora; (ii) ordenó el reintegro de las sumas retenidas en tal concepto por los períodos no prescriptos (cfr. la aplicación del plazo de prescripción quinquenal previsto en el art. 56 in fine de la ley 11.683, t.o. 1998), con más los respectivos intereses hasta su efectivo pago, calculados según la tasa prevista en las resoluciones (MH) 50/2019, 598/2019, 559/2022 y 03/2024 –según su vigencia–; e (iii) impuso las costas en el orden causado (cfr. art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." "Que, el fondo de la cuestión debe ser examinado a la luz de las definiciones formuladas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el referido precedente 'García' (Fallos: 342:411 –en especial, v. considerandos 13, 14, 17, 19, 23 y 24–), que fue receptado por esta Sala en causas similares con independencia de la situación concreta de vulnerabilidad del sujeto pasivo del gravamen y sin necesidad de acreditar la confiscatoriedad del tributo en trato, conforme lo resuelto en 'Castro, Beatriz Marina c/ EN – AFIP s/ Proceso de Conocimiento' (sentencia del 02/07/2019, por remisión a Fallos: 342:411)." "Que, por último, las costas de esta instancia se distribuyen por su orden (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), en función de lo resuelto por el Alto Tribunal sobre este punto en 'García'."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los señores jueces Duffy y Morán adhieren al voto del Dr. Vincenti y el acuerdo final corresponde a la mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar